Solicitud uso formol en Roko en Llanera (25/01/2021)

Consejería de Salud

Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Tenemos sospechas que en la empresa Industrias Roko S.A., ubicada en el polígono de Silvota en la calle Peña Brava nº 25 en Llanera, utiliza gran cantidad de formol en el proceso industrial de conservación de las algas que usa como materia prima. Esta empresa está especializada en la producción de agar-agar a partir de algas marinas para su uso en alimentos, medicamentos y otros productos.

El formaldehído (formol, formalina) es carcinógeno para los seres humanos (grupo 1 de la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer, IARC). Está etiquetado por la Directiva 67/548/CEE como R39/23/24/25 – Tóxico: peligro de efectos irreversibles muy graves por inhalación, contacto con la piel e ingestión. Su uso en alimentos, incluidos piensos animales, está prohibido en toda la Unión Europea por la el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/183 de la Comisión de 7 de febrero de 2018.

Por tanto, su uso en una empresa dedicada a la producción de agar-agar para su empleo en alimentos y medicamentos es muy peligrosa e ilegal.

Por todo ello, SOLICITAMOS que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

– Si la empresa Industrias Roko S.A. está usando formaldehído o sustancias que lo contengan. En caso afirmativo, qué sustancias con qué composición en qué procesos y con qué condiciones de uso y control, y si el uso realizado está autorizado y se ajusta a la legalidad vigente y a su respectivas autorizaciones sanitarias y ambientales.

Y, asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

En Avilés a 24 de enero del 2021

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies