Solicitud información tala de Pola de Siero (01/09/20)

Ayuntamiento de Siero

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

 

EXPONE:

Primera.-

Hemos tenido conocimiento de tala en el instituto Rio Nora de Pola de Siero de 4 arboles adultos, por exigencia del Ayuntamiento al centro educativo, con un coste de 2.800 para la maltrecha economía del centro.

Segunda.-

Arboles que llevaban varias décadas plantados por los propios alumnos del centro, dentro de los programas educativos. Arboles que presentaban un buen estado aparente y sin generar ningún incidente que el centro tenga documentado.

Los arboles en entornos urbanos son fundamentales, esta documentado la mejora ambiental que supone para los colindantes y sus entornos.

Tercera.-

 Por lo que nos resulta extraño que sea el Ayuntamiento el que a instancia de algunos pocos vecinos, se presione para que un centro publico proceda a talar unos arboles, sin haber informe alguno científico que acredite riesgo de dichos arboles. A no ser que el Ayuntamiento de Siero obligue por norma a la tala de cualquier árbol en el entorno urbano, con tal que haya un vecino que se queje, lo que resulta extraño.

Por todo ello, SOLICITAMOS que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

 Información  en el ejercicio del derecho reconocido en el Convenio de Aarhus de 1998, la Ley 27/2006, de 18 de julio, sobre los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de ambiental, así como de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, junto con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno:

–   Copia de los estudios realizados por el Ayuntamiento por técnico competente que acredite el riesgo que suponían los arboles talados y el resto de los que tiene el centro a su alrededor.

-Copia realizada por el Servicio de Disciplina Urbanística y Medio Ambiente, instando a la tala, con la referencia M/B/G y con fecha de salida del 15 de junio.

Y, asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

En Avilés a 2 de septiembre del 2020

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies