Solicitud información estado de la charca de San Andres (07/07/2021)

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

          

La Coordinadora Ecologista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Primera.-

 

Con fecha 24/03/2021, esa Confederación del Cantábrico ha adoptado resolución sancionadora contra ArcelorMittal España, así como el requerimiento para la reposición de las cosas a su estado primitivo, retirando a su costa la laguna con la isla ejecutada en la cola del Embalse de San Andrés de los Tacones, municipio de Gijón.

 

Que el inicio del expediente sancionador se realizó el 21/08/2020 como consecuencia de la denuncia formulada por la Coordinadora Ecoloxista D'Asturies de fecha 28/02/2020.

 

Segunda.

      

Que el 24 de junio de 2021 hemos tenido conocimiento a través de los Medios de Comunicación de la pretensión de ArcelorMittal  de la presentación de proyecto para legalizar la laguna y la isleta artificiales que motivaron la sanción.

 

 

Tercera.-

 

Que en el tiempo transcurrido desde la obra sancionada y como consecuencia de esta, ha desaparecido la charca permanente de alto valor ecológico existente en la zona; la consecuencia de modificar el cauce del río sin ningún estudio ni proyecto,  hace que no haya ninguna laguna ni isla que legalizar, se encuentra todo relleno de sedimentos. Las precipitaciones caídas durante el mes de junio en Gijón han sido muy superiores a lo normal según los datos de AEMET, el agua caída no ha ni rellenado las grietas existentes en los lodos y sedimentos acumulados.

 

 

Cuarta.

 

Que de no existir el proyecto para legalizar la laguna se fijen plazos para la recuperación de la zona por parte de  ArcelorMittal España reponiendo, la charca y el cauce del río al estado previo a la obra y si no es atendida en el plazo que se fije, se proceda  a la ejecución forzosa conforme a  la Ley 39/201 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Por todo ello, SOLICITAMOS que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

 

 

-Como parte interesada se nos traslade, si existe, copia del proyecto de apertura de inicio de legalización de la laguna e isleta construidas  ilegalmente y en consecuencia se habilite plazo para alegaciones al expediente.

 

-Se compruebe el actual estado de la zona y la desaparición de la charca permanente que había con el impacto que supone  una importante afección al espacio Red Natura 2000, ZEPA Embalses Centro.

 

 

Y por lo expuesto, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

En Avilés a 7 de julio de 2021

 

 

Firmado digitalmente por Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.