Sobre el trámite de información publica de una Estación Base de Telefonía Móvil en Colunga

Ayuntamiento de Colunga

Plaza del Ayuntamiento s/n

33320 Colunga

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés código postal 33403 y con el correo electrónico; correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – 33247891 y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N en calidad de presidente.

 

Con motivo del trámite de información publica de una Estación Base de Telefonía Móvil en Colunga publicado en el Bopa del pasado 7/11/2013.

 

EXPONE:

 

 

Primera.- El periodo de información publica es solo de 15 días, lo que incumple el plazo marcado por la Ley 30/1992 de procedimiento administrativo que indica que los periodos de información publica no pueden ser inferior a 20 días. Lo que convierte al proceso de información en nulo por defecto de forma.

 

 

Segunda.- En la información pública no se detalla ni la ubicación de la antena, ni la operadora solicitante, datos que son necesarios para comprobar si es viable otro emplazamiento mas adecuado para compartir infraestructuras las operadoras para disminuir el impacto ambiental de estas.

 

 

 

Y por lo expuesto,

 

SOLICITA que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

En Avilés, 18 de noviembre del 2014

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies