Piscifactoría de Abres (26/11/18)

NOTA DE PRENSA

 

Con motivo del tramite de  la información de la autorización de las obras de Demolición parcial azud piscifactoría, río Eo, en el concejo de San Tirso de Abres.

 

 Desde la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies y la Asociación de Pescadores AEMS Rios con Vida no entendemos porque se propone el derribo parcial, cual eobjeto de las obras es la retirada de las instalaciones ubicadas en dominio público hidráulico (DPH) y la adecuación paisajística de modo que se recupere la distribución del cauce del río previo a la existencia del azud.

 

Hemos solicitado que se proceda a la demolición completa de esta instalación, al entender que lo que dice la normatica es que el Organismo de cuenca promoverá la eliminación de infraestructuras que, dentro del dominio público hidráulico, se encuentren abandonadas sin cumplir función alguna ligada al aprovechamiento de las aguas, teniendo en consideración la seguridad de las personas y los bienes y valorando el efecto ambiental y económico de cada actuación".

 

 

En el art. 101.1 y 2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) dice:

 

Artículo 101. Destino de las obras a la extinción del título.

 

1.      Cuando se extinga la concesión, las obras, construcciones e instalaciones fijas existentes sobre el bien demanial deberán ser demolidas por el titular de la concesión o, por ejecución subsidiaria, por la Administración a costa del concesionario, a menos que su mantenimiento hubiera sido previsto expresamente en el título concesional o que la autoridad competente para otorgar la concesión así lo decida.

 

 

Entendemos que no se puede autorizar una demolición parcial de lo construido en DPH, porque  incurre en un vicio de nulidad del art. 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

 

 La demolición de este obstáculo supondrá una notable mejoría tanto para la calidad de las aguas como para la calidad del ecosistema fluvial del Eo. En concreto, dado el carácter de corredor ecológico y la atención que todo río merece por la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, la cuenca del Eo se beneficia, más allá de su extensión concreta, del  Lugar de Interés Comunitario del río, formando parte de la Reserva de la Biosfera Oscos Eo y Terras de Burón. 

 

Hay que recordar que en el Eo existen poblaciones de peces migradores como el sábalo (Alosa alosa), el salmón atlántico (Salmo salar) o lamprea marina (Petromyzon marinus), a la vez que es refugio de la  anguila (Anguilla anguilla), especie en peligro crítico. Es decir, la demolición de este obstáculo supondrá una mejora evidente para la fauna  ligada al cauce del río.

 

También hemos solicitado que se eliminen del río, varios obstáculos que se han ejecutado en esta cuenca y que ahora ya no se usan, suponen un claro impacto.

 

 

AEMS Rios con Vida y la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Para más información tfno. 629892624 (Fruti)