Consejería de Fomento, Ordenación del territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias
Dirección General de carreteras y transportes terrestres
C/Coronel Aranda nº 2
33005 Oviedo
El Colectivo Ecologista de Avilés con el CIF G33261090, asociación legalmente constituida el 30 de diciembre de 1980 en el Gobierno Civil de Asturias y con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q de Aviles 33403 y actuando en su representación Emilio Rabanal Menéndez con DNI 11406158 K en calidad de secretario.
Con motivo del tramite del Documento de estudio informativo y de impacto ambiental de accesos a la margen izquierda del Puerto de Avilés, publicado en el BOPA nº 248, de 6-03-2015.
EXPONE:
Primera.– Este grupo ya presentó su escrito de alegaciones en noviembre de 2011, durante el anterior procedimiento de información pública, alegaciones sobre las que nos reafirmamos a no haberse modificado el documento presentado a información pública. En aquel documento se llegaba a las siguientes conclusiones:
1.- Teniendo en cuenta todas las apreciaciones reflejadas en el punto número 1 de este informe de alegaciones, la alternativa nº 4 debe considerarse como inviable.
2.- La información expuesta por la empresa redactora en el EIA presenta graves anomalías, que suponen una tergiversación de la realidad y una valoración totalmente errónea del impacto ambiental que supondría la alternativa nº 3.
3.- Teniendo en cuenta las irregularidades detectadas en el EIA, se levanta una gran sombra de duda sobre el resto de aspectos a valorar, especialmente el económico, que nosotros no tenemos capacidad para valorar.
4.- Este tipo de valoraciones de dudosa credibilidad y basadas sobre informaciones y/o afirmaciones incorrectas son típicas de los estudios que adolecen de tendencia a los intereses del promotor.
Segunda.– Como alternativa más viable, a día de hoy nos sigue parece que sigue siendo un túnel por debajo de la ría, para unir las zonas industriales a ambos márgenes de la ría.
Tercera.– Sobre la supuesta viabilidad e la alternativa 2, recorrido por la cantera de Mota y con el túnel por debajo de San Cristóbal, el estudio económico de esta alternativa no tiene en cuenta las obras necesarias de entronque con la “variante de Avilés” ni tiene en cuenta tampoco la necesidad de desdoble de dicha “variante”.
Si a esto añadimos que el EIA también estaba interesadamente sesgado en el mismo sentido, resulta demasiado evidente el interés del promotor en favorecer una alternativa frente a otras, en contra de la realidad ambiental y económica.
Por lo anterior SOLICITAMOS:
Primero: Que se tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.
Segundo: Se acuerde devuelva a los autores el Documento inicial del estudio de impacto ambiental de accesos a la margen izquierda del Puerto de Avilés.
Tercero: Que se inicie nuevamente este trámite ambiental solicitando un estudio más completo y riguroso, para subsanar las gravísimas deficiencias que contiene.
Cuarto: Que es preciso dar una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Tal esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.
Por lo que se SOLICITA:
En Avilés a 8 de abril del 2015
Emilio Rabanal Menéndez en representación del Colectivo Ecologista de Avilés