Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo del Principado de Asturias
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho.
EXPONE:
En la rasa de San Emeterio, en el concejo de Ribadedeva, hay una estabulación de ganado vacuno instalada en el entorno de protección de la cueva del Pindal y próxima a su acceso. Se observa que parte del estiércol generado por los animales se mezcla con el agua de una charca situada en la finca donde están los cebaderos del ganado. Este vertido y las aguas de un arroyo cercano se filtran al subsuelo de esta zona kárstica, por lo que pueden estar contaminando con materia orgánica la cueva con arte rupestre.
Esta cueva es Bien de Interés Cultural por ministerio de la Ley de Patrimonio Histórico Español desde el año 1985 y fue declarada Patrimonio Mundial por la UNESCO en 2008. Desde principios del siglo XX, la cueva del Pindal forma parte del patrimonio cultural asturiano, habiendo sido declarada Monumento Nacional ya en 1924. Entre los más de cuarenta motivos pintados y grabados en su interior destacan ejemplos de la fauna de época prehistórica, tales como el famoso mamut, el bisonte, el caballo, los cérvidos y, también, la excepcional representación de un pez.
No podemos permitir que la contaminación dañe este importante patrimonio prehistórico ante la desidia de las administraciones, que deben hacer cumplir la protección del entorno del Pindal, cuya declaración está recogida en el BOPA del 9 de julio de 2009.
-Es necesario el cierre de la estabulación allí ubicada y la limpieza completa de la zona afectada, sin demora, para evitar la infiltración de las aguas residuales de la actividad ganadera a esta importante cueva con arte rupestre y para facilitar la regeneración de un espacio natural que es parte del Paisaje Protegido de la Costa Oriental.
Y por lo expuesto, formulamos la presente SOLICITUD de INFORMACIÓN AMBIENTAL al amparo de lo establecido en los arts. 5, 10 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.
- Informe si ha llevado a cabo alguna actuación relacionada con estas instalaciones y si se ajustan a la legalidad.
- Si se han tomado muestras de los vertidos y sus resultados.
- Que proyectos hay para la limpieza y restauración de la zona.
- Se nos informe de los expedientes sancionadores que tienen estos vertidos.
Y, asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente.
Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente que se pueda abrir al efecto.
En Avilés a 5 de marzo de 2021
Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies