Denuncia digestatos Navia (08/03/2022)

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

Comisaria de Aguas

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Hemos visto entre las localidades de Villapedre y Villaoril de Navia que en el punto kilométrico 518 de la carretera nacional N-634 en las coordenadas 43.542812 y -6.61809 hay un almacenamiento de residuos ganaderos que parece el digestato procedente de la planta de purines de Armental.

Almacenamiento que esta en completa precariedad sin encontrarse sobre una superficie impermeabilizada, ni en una balsa con parámetros a los laterales, sin estar cubierto, para evitar filtraciones al terreno de los lixiviados cuando llueve sobre ello, con un importante impacto en el dominio público por la proximidad de la cuenca del río Frexulfe.

OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

-Se inspeccionen en profundidad estos hechos y se abra/n el/los correspondiente/s expedientes sancionadores a los responsables de dichos almacenamientos continuados si no estuvieran autorizados

– Se nos considere como parte interesada en los expedientes que pudiera haber relacionados con estos hechos.

– Se nos informe de los diferentes expedientes existentes vinculados a estos almacenamientos de esta zona en los últimos años.

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia en las correspondientes fases del procedimiento sancionador o penal, que se pueda instruir desde ese organismo.

Y, asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

En Avilés a 8 de marzo del 2022

Firmado digitalmente por Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies