Alegaciones demolición baterías cok de Avilés (22/06/2021)

Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático

Servicio de Evaluaciones y Autorizaciones Ambientales

Expediente: IA-IA066/2021

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Con motivo del trámite a consultas sobre el desmantelamiento y demolición de las baterías de cok de Avilés.

Proyecto

Se trata de  todas las actuaciones necesarias para el desmantelamiento y demolición hasta cota del suelo de todas las instalaciones, equipos, edificaciones,estructuras, depósitos y sistemas que forman las baterías de Avilés

 

Nos sorprende que solo se pretende la actuación hasta la cota del subsuelo, lo que implica que no se va retirar las estructuras del subsuelo con el impacto que esto puede suponer por la elevada contaminación de esa zona.

 

 

Impacto en el Suelo

 

Es preciso una caracterización de los suelos, hormigones y soleras de la zona, para ver si es posible su gestión como residuos asimilable, o es un residuo peligroso que se tiene que llevar a un gestor autorizado.

 

Impacto en el Agua

 

Se debe extremar las medidas preventivas para evitar la fuga de los subproductos almacenados y su posible incendio con el consiguiente impacto, poniendo barreras de seguridad en la zona que contengan los vertidos o filtraciones en el proceso de desmantelamiento.

 

De manera especial en el caso de 33 tanques, depositos y gasometros allí ubicados.

 

 

 

Impacto en el Aire

 

La limpieza de los tanque que contengan gases, tienen que garantizar la extracción de estos antes de su descarga al exterior.

 

Las labores de recogida de productos con amianto para evitar la dispersión de las partículas de este contaminante, allí donde por la cantidad o ubicación no sea posible retirarlos confinados o en burbuja, es preciso apantallar la zona con plásticos para evitar la dispersión de los residuos en el exterior.

 

Las labores de retirada de carbón y cok se debe apilar antes de su retirada en una zona que este protegido de la acción del viento para evitar su dispersión en el aire.

 

Durante el proceso de tratamiento y clasificación del material pétreo que se estiman en 95.000 toneladas, este se tiene que realizar evitando el impacto generado de ruido y polvo del proceso de trituración de este material mediante medidas preventivas.

 

Nos preocupa el impacto de contaminación sonora que se pueda generar en el entorno en las labores de demolición y desmantelamiento, por lo que se deberán tomar medidas preventivas para reducir su impacto, siempre en el horario diurno para las labores mas ruidosas.

 

Residuos

 

Nos sorprenden que se diga que “En esta obra se intentará no llevar ningún residuo directamente a vertedero, siempre que tenga proceso de reciclado” cuando en Asturias la mayoría de residuos no reutilizados acaban en vertederos.

 

Ante el riesgo de intentos de robo de los residuos, que se puedan llevar aquellos contaminados o peligrosos, reclamamos que estos residuos se ubiquen en la zona de mas vigilancia y en zonas cubiertas.

 

Fauna y flora

 

Para reducir el impacto en la fauna se mantendrá un cierre perimetral en las instalaciones a demoler, en las campas de residuos hasta su retirada.

 

En las zonas descontaminadas y retiradas los residuos, se evitara la implantación de especies invasoras mediante su retirada mecánica.

 

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTROSÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

En Avilés, 22 de junio del 2021

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies