Acondicionamiento de los cauces afectados por las escombreras del grupo Perfectas-Riotorno en el concejo de Cangas del Narcea

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

Plaza de España 2

33071 Oviedo

 

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias con el CIF G-33247891, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q 33407 de Villalegre, municipio de Avilés en Asturias, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha, mayor de edad con el D.N.I. 11.393.200N, ante esta Consejería comparece y, como mejor proceda en Derecho, DICE:

 

Que a medio de este escrito, dentro del plazo de treinta días concedido al efecto por el escrito del sometimiento a consultas del proyecto de acondicionamiento de los cauces afectados por las escombreras del grupo Perfectas-Riotorno en el concejo de Cangas del Narcea vengo a formular las siguientes alegaciones.

 

SUGERENCIAS

 

El proyecto trata de la restauración de los cauces arroyos La Braña y La Raíz, para lo que se pretende recuperar la funcionalidad geomorfológica y ecológica de ambos arroyos con un movimiento mínimo de escombros en un tramo de 800 metros, retirando los residuos depósitos en los cauces para recuperar las numerosas irregularidades ambientales de este tramo de fondo de valle, que padecen tras ser explotadas y abandonadas las explotaciones citadas del Valle Gillón en pleno Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias.

 

 

Primera.

 

Después de más de 11 años de denuncias, por parte de los vecinos de la zona de Gillón y de la Coordinadora Ecoloxista, de la situación de abandono, peligro y contaminación que suponen las antiguas explotaciones mineras del valle de Gillón, nos alegramos de que se acometan las obras, esperando que lo hagan sin demora.

 

Pero de acuerdo a la respuesta del Defensor del Pueblo sobre este tema entendemos que estas obras, que se van a acometer de forma subsidiaria por parte de la Confederación, se deben ampliar también a otros cauces colindantes que están afectados por minas abandonadas sin restaurar por el mismo grupo minero en el valle, a saber:

 

Río Gillón

Arroyo las Mestas

Arroyo la Reguerona

Afección del arroyo Sellón

 

 

Segunda.

 

 

De los resultados analíticos de las muestras tomadas durante los ejercicios de 2008, 2012 y 2013, se observa que, aunque para las aguas del arroyo La Braña también se cumplen con carácter general las citadas NCA, se ha detectado la presencia de ciertos parámetros contaminantes. Algunos de ellos, como el hierro y el manganeso, aparecen en concentraciones pequeñas en relación con las NCA del río; otros, como la conductividad, los sólidos en suspensión o los sulfatos, están presentes en cantidades más importantes. No hay garantías de que las obras previstas palien los problemas de este cauce, por la contaminación por las aguas de escorrentía de los depósitos que se realicen con las escombreras.

 

Tercera.

 

 

  • Que durante la ejecución de las obras la maquinaria trabaje desde el punto más alejado del río posible en los tramos en que se conserve su cauce natural, para no afectar a este.

  • Que se evite cualquier vertido o turbidez del agua mediante las debidas técnicas en primer lugar preventivas, y de depuración / decantación en caso de tener que producirse.

  • Que se evite afectar y cortar vegetación de ribera muy especialmente en periodo de nidificación de aves.

  • Se nos informe del desarrollo de esta obra.

 

 

 

 

Y por lo expuesto,

 

SOLICITA que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a información pública, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, me dé traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTROSÍ DICE: Que en el caso de variaciones en el proyecto sometido a información pública, proceda de nuevo a someter el que resulte a periodo de información pública y conceda trámite para, en su caso, formular nuevamente alegaciones, en aras de la evitación de indefensión.

 

 

En Avilés, 16 de diciembre del 2013

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies