Modificación en el último texto refundido del PGOU de Las Regueras

Ayuntamiento de las Regueras
Santullano  nº 28
 33190  Las Regueras

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta unidad administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Primero.- El pasado 12/02/2013 se publicado en el Bopa el  acuerdo de 15 de noviembre de 2012, adoptado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión de Urbanismo y Orde¬nación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA), relativo a la aprobación definitiva del texto refundido del Plan General de Ordenación de Las Regueras. Expte. CUOTA: 95/2010.
 

Segundo.- Si comparamos lo publicado en este Bopa con lo publicado en el Bopa 12/07/2010 Acuerdo de 28 de junio de 2010, adoptado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión de Urbanismo  y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA), relativo a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación de Las Regueras. Expte. CUOTA. 95/2010, vemos que en el último texto refundido del PGOU de las Regueras desaparecen las condiciones limitativas que si venían recogidas en el artículo 371, en los puntos del 1 al 6.
 

 

Visto lo anterior, SOLICITAMOS la siguiente información:
 

1.-. Que se nos informe porque desaparecieron las condiciones limitativas en el texto refundido o de no ser así, si las mismas están recogidas en otro artículo del TR.
 

2. Si fue la CUOTA fue la redactora del texto refundido o de haber sido el Ayuntamiento, si se pronunció sobre el mismo el Ayuntamiento y que órgano del mismo, indicándonos la sesión y la fecha.
 

3.- Que se nos informe si este cambio sustancial se traslado al órgano ambiental para su informe previo  y a  los alegantes del PGOU para que pudieran recurrirlo.
 

4.- Qué se nos informe si el Pleno del Ayuntamiento ha conocido y si ratificó la redacción del texto refundido publicado en el Bopa del pasado 12/02/2013 y en que fecha y con que resultados.
 

 

Y se tenga por presentada la presente solicitud de información ambiental y se conteste a la misma en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley27/2006, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.
 

 

 

 

En Avilés, Asturies, a 10 de diciembre de 2013

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  en representación de la  Coordinadora Ecoloxista d’Asturies