☣️ Vertidos de micro plásticos en el río Nalón ☣️

Recreación: Vertidos de micro plásticos en el río Nalón
Recreación: Vertidos de micro plásticos en el río Nalón

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés, correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

En Langreo hay dos empresas de reciclaje de plásticos de Langreo que pueden estar vertiendo en las aguas residuales micro plásticos, tanto a cauce público (Río Montes y Río Nalón), como al saneamiento, lo que  ha generado el pasado agosto problemas en los sistemas de tratamiento de aguas en la depuradora de Frieres al ser muy complejo eliminar estos micro plásticos del cauce residual por su flotabilidad y no ser biodegradables. 

 Estos graves hechos los conoce tanto Cadasa como Aguas de Langreo, que han visitado a estas empresas y han comprobado este grave problema de vertidos, pero desconocemos si los vertidos que ya no se producen en tanta cantidad a la red de saneamiento se están produciendo al dominio público.

Saben ambos organismos que tanto Recuplas ubicada en el polígono de Meriñan como Polynext ubicada en Valnalón tiene presuntos vertidos de micro plásticos a la red y pueden estar vertiendo también al dominio público, una de ellas tiene incluso le vieron un bypass en funcionamiento desde su depuradora a la galería de aguas del río Nalón en una visitas a las instalaciones.


En vista de ello SOLICITAMOS, de acuerdo a  lo establecido en los art. 3.1 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y  demás disposiciones de pertinente aplicación, entre otras,  la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por la que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos, que:

  • Se inspeccionen en profundidad estos hechos y se abra/n el/los correspondiente/s expediente/s sancionador/es a los responsables de dichos vertidos sino estuvieran autorizadas.

  • Se nos informe del desarrollo de esta denuncia en las correspondientes fases del procedimiento sancionador o penal que se pueda instruir desde ese organismo.

Por la presente también SOLICITAMOS que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y de las conclusiones que de ahí se deriven.

En Avilés a 18 de enero del 2024

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha, en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.