Direción General Calidad Ambiental y Cambio Climatico Expediente IA-PP-003/22 La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE Con motivo del tramite de consultas de la implantación para implantación el circuito de motocross en las Canales en el concejo de Candamo que promueve la mercantil Motorsport Noja Bussines SL . ANTECEDENTES. El área del proyecto se ubica en terrenos que ya se utilizaban de forma precaria en los últimos años de forma irregular para diferentes pruebas de motocross, sobre una superficie de 62.210 m2 Resulta evidente que es mejor concentrar estas actividades molestas en lugares alegados, pero buscando siempre emplazamiento que generen las menores molestias posibles a los colindantes y el entorno. Hay que recordar que hay viviendas a 275 metros del circuito, no se puede desdeñar el impacto de una actividad continua como se pretender ahora, no como antes que era esporádica. IMPACTO SOBRE EL SUELO. Es preciso que como se van a producir vertidos accidentales de lubricantes o hidrocarburos, para evitar filtraciones de sustancias oleaginosas en la zona por averías de los vehículos, o escapes en las recargas es preciso acondicionar una zona e impermeabilizarla para poder recoger dichos vertidos y llevarlos a un gestor autorizados ya no hay previsto instalación de depuración. Para reducir la generación de polvo, se debe adaptar el terreno y los accesos. Cualquier actividad que se desarrolle en ese suelo, debe ser posibilitando la recuperación paisajística del lugar. IMPACTO A LA ATMÓSFERA. Esta actividad tiene una clara afección sobre la calidad del aire del entorno y la calidad acústica. Por lo que en las zonas de mayor contaminación acústica para los vecinos será preciso la instalaciones de pantallas acústicas fonoaborbentes. En épocas de sequía, sera preciso tomar medidas preventivas para evitar las nubes de polvo, como sería el riego de la zona. Para salvaguardar la salud de los colindantes es preciso un estudio de modelización acústica, para acreditar que los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona se ajuste a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias. En todo caso se cumplirán los valores límite de inmisión aplicables a infraestructuras y actividades, así como los objetivos de calidad acústica para áreas urbanizadas existentes que se señalan en el R.D. 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. IMPACTO SOBRE EL ENTORNO NATURAL. Esta actividad tiene una clara afección sobre el entorno por lo que se debe cerrar el circuito con una malla para evitar la entrada de animales. Así mismo es preciso que tenga un barrera de arbolado autóctono en todo el perímetro para reducir el impacto visual y reducir la contaminación acústica. IMPACTOS SOBRE LAS AGUAS. Se precisarían al menos de unas instalaciones de depuración con fosa séptica para los baños de los pilotos y el público asistente a las pruebas, hay aparcamiento para 147 vehículos, si estimas 4 personas, estamos hablando de que puede haber mas de 500 personas en la zona, por lo que resulta imprescindible instalaciones para garantizar la salubridad del lugar. VIGILANCIA AMBIENTAL  Para realizar el seguimiento de los efectos ambientales del Plan Especial es precios que el Programa de Vigilancia Ambiental contenga al menos: Un sistema que garantice el cumplimiento de las medidas protectoras, compensatorias y/o correctoras, contenidas en el Documento Ambiental Estratégico, cosa que no parece a vista de las propuestas realizadas y el presupuesto que se maneja. Se especificarán, como mínimo, los plazos estipulados para su realización, la frecuencia de controles, el espacio físico a controlar, los métodos a utilizar, el equipo humano implicado, y los equipos de medida a emplear. Que con el presupuesto anunciado resulta imposible realizar seguimiento ni control alguno. Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo. OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación. En Avilés a 1 de junio de 2.022. Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies (31/05/2022)

Direción General Calidad Ambiental y Cambio Climatico Expediente IA-PP-003/22 La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad… Leer másDireción General Calidad Ambiental y Cambio Climatico Expediente IA-PP-003/22 La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE Con motivo del tramite de consultas de la implantación para implantación el circuito de motocross en las Canales en el concejo de Candamo que promueve la mercantil Motorsport Noja Bussines SL . ANTECEDENTES. El área del proyecto se ubica en terrenos que ya se utilizaban de forma precaria en los últimos años de forma irregular para diferentes pruebas de motocross, sobre una superficie de 62.210 m2 Resulta evidente que es mejor concentrar estas actividades molestas en lugares alegados, pero buscando siempre emplazamiento que generen las menores molestias posibles a los colindantes y el entorno. Hay que recordar que hay viviendas a 275 metros del circuito, no se puede desdeñar el impacto de una actividad continua como se pretender ahora, no como antes que era esporádica. IMPACTO SOBRE EL SUELO. Es preciso que como se van a producir vertidos accidentales de lubricantes o hidrocarburos, para evitar filtraciones de sustancias oleaginosas en la zona por averías de los vehículos, o escapes en las recargas es preciso acondicionar una zona e impermeabilizarla para poder recoger dichos vertidos y llevarlos a un gestor autorizados ya no hay previsto instalación de depuración. Para reducir la generación de polvo, se debe adaptar el terreno y los accesos. Cualquier actividad que se desarrolle en ese suelo, debe ser posibilitando la recuperación paisajística del lugar. IMPACTO A LA ATMÓSFERA. Esta actividad tiene una clara afección sobre la calidad del aire del entorno y la calidad acústica. Por lo que en las zonas de mayor contaminación acústica para los vecinos será preciso la instalaciones de pantallas acústicas fonoaborbentes. En épocas de sequía, sera preciso tomar medidas preventivas para evitar las nubes de polvo, como sería el riego de la zona. Para salvaguardar la salud de los colindantes es preciso un estudio de modelización acústica, para acreditar que los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona se ajuste a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias. En todo caso se cumplirán los valores límite de inmisión aplicables a infraestructuras y actividades, así como los objetivos de calidad acústica para áreas urbanizadas existentes que se señalan en el R.D. 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. IMPACTO SOBRE EL ENTORNO NATURAL. Esta actividad tiene una clara afección sobre el entorno por lo que se debe cerrar el circuito con una malla para evitar la entrada de animales. Así mismo es preciso que tenga un barrera de arbolado autóctono en todo el perímetro para reducir el impacto visual y reducir la contaminación acústica. IMPACTOS SOBRE LAS AGUAS. Se precisarían al menos de unas instalaciones de depuración con fosa séptica para los baños de los pilotos y el público asistente a las pruebas, hay aparcamiento para 147 vehículos, si estimas 4 personas, estamos hablando de que puede haber mas de 500 personas en la zona, por lo que resulta imprescindible instalaciones para garantizar la salubridad del lugar. VIGILANCIA AMBIENTAL  Para realizar el seguimiento de los efectos ambientales del Plan Especial es precios que el Programa de Vigilancia Ambiental contenga al menos: Un sistema que garantice el cumplimiento de las medidas protectoras, compensatorias y/o correctoras, contenidas en el Documento Ambiental Estratégico, cosa que no parece a vista de las propuestas realizadas y el presupuesto que se maneja. Se especificarán, como mínimo, los plazos estipulados para su realización, la frecuencia de controles, el espacio físico a controlar, los métodos a utilizar, el equipo humano implicado, y los equipos de medida a emplear. Que con el presupuesto anunciado resulta imposible realizar seguimiento ni control alguno. Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo. OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación. En Avilés a 1 de junio de 2.022. Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies (31/05/2022)