Solicitud información lodos puerto Llanes (05/09/2022)

Consejería de Medio Natural y Cohesión Territorial
Dirección General de Infraestructuras – Servicio de Puertos e Infraestructuras del Transporte

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efectos de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés, correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera, con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Habiendo empezado ya los dragados del puerto de Llanes, y a pesar de haber solicitado que se nos facilitaran los resultados analíticos del estudio de los lodos existentes, todavía no se nos hizo conocedores de ellos. Tampoco nos han informado qué se va a hacer con los que resultaran no aptos por su toxicidad para el vertido directo al mar.

En el resumen del trabajo realizado por la Universidad de Oviedo sobre caracterización de materiales y reubicación de aguas en el DPMT que hemos podido consultar, se dice:” …un tercio de las muestras presenta una gran eco toxicidad, que en los resultados de los bioensayos mostraron toxicidad, por lo que no pueden ser vertidos directamente al mar.”

No sabemos cómo va a poder determinarse qué residuos se pueden verter al mar y cuáles no, porque nos consta que es muy difícil hacer esa diferenciación una vez que se pongan a realizar la operación de dragado.

Nos preguntamos que método se va a emplear para separar los lodos destinados a ser vertidos al mar de los que deben ser arrojados en depósitos herméticos o llevados a planta de tratamiento, más cuando unos y otros están en el mismo contenedor.

Queremos recordar que la normativa vigente dice expresamente que: “En el caso de las muestras LL-2, LL-3 y LL-8, debido a que los resultados de los bioensayos mostraron toxicidad, no pueden ser reclasificados, por lo que al mantenerse la categoría química C no pueden ser vertidos directamente al mar a excepción de que se sometan a la adecuada técnica de tratamiento que permita la separación o aislamiento de las fracciones contaminadas, o que estos materiales puedan ser reubicados en las aguas del dominio público marítimo terrestre únicamente de manera confinada, y su gestión deberá realizarse de acuerdo con lo indicado en el artículo 27.4 de las Directrices de 2021.”

En virtud de todo lo anterior, SOLICITAMOS:
1.-Información sobre:
La manera de separar – mientras se draga- los lodos tóxicos de los que no lo son.
Cómo se decide cuáles van al mar y cuáles no, en vista de que no habrá datos analíticos cuando se extraigan.
-Qué se va hacer en esta ocasión con los lodos contaminados y dónde se van llevar.
2.-Se nos haga llegar cuanto requerimos en el punto anterior, en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos.

3.-Se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto y se nos informe de todas las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo, así como de las conclusiones que se deriven al efecto.

En Avilés, a 5 de septiembre de 2022

FDO. Fructuoso Pontigo Concha, en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.