A LA ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sra. CONSEJERA DE PRESIDENCIA
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esa CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA comparece y, como mejor proceda en Derecho
EXPONE
Que a medio del presente escrito pone en conocimiento de esa Administración que con esta fecha se ha procedido a presentar RECLAMACION ANTE EL CONSEJO DE LA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO por haber transcurrido sobradamente los plazos fijados por la ley Y de conformidad con lo establecido en los arts 23 y concordantes de Ley 19/2013, de 9 de diciembre y las suspensiones de plazos que se fijaron por los Decretos por los que se declararon y prorogaron el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y no haberse notificado a esta Coordinadora resolución alguna por la que se conceda o deniegue el acceso a la información solicitada.
El escrito por el que se formuló la citada solicitud de fecha 22 de marzo del 2020 decía:
Que con carácter previo y en aras a conocer la ejecución y grado de cumplimiento del Plan Forestal del Principado de Asturias, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 septiembre de 2001 y para poder acreditar la certeza y validez de los hechos y cuestiones jurídicas que se puedan suscitar y hacer valer en un hipotético y futuro ejercicio de acciones en vía administrativa o judicial, venimos en formular la presente Solicitud de Información al amparo de lo previsto en el art. 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen Gobierno a fin de que se nos facilite :
Informe o comparativa entre las previsiones contempladas por el Plan Forestal (apartados 0.2 “Ámbito y plazo de aplicación” y 3.4 “Estudio comparativo de uso actuales y futuros” ) de 61.838 hectáreas para el eucalipto y las superficies actualmente ocupadas y en su caso autorizadas por la administración. Todo ello de conformidad con lo establecido en el apartado 12.3 del citado Plan Forestal en cuanto a la creación y funciones de la Comisión de seguimiento dentro del Consejo Forestal del principado de Asturias.Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca.Consejo Forestal.
De lo que se da cuenta a los efectos procedentes.
En Avilés a 10 de agosto del 2020
Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies