Sobre los peligrosos vertidos de la mina de oro del Valle de Boinás en Belmonte de Miranda al dominio público hidráulico de la cuenca del río Narcea – Denuncia al Ayuntamiento

Ayuntamiento de Belmonte de Miranda

Avenida Río Pigüeña s/n

33830 Belmonte

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

 

Primero.- La Confederación Hidrográfica del Cantábrico nos ha confirmado que hay varios expedientes sancionadores a la empresa Kinbauri España SL por los peligrosos vertidos de la mina de oro del Valle de Boinás, en el concejo de Belmonte de Miranda, al dominio público hidráulico de la cuenca del río Narcea de manera continua en los últimos años.

 

Esta confirmación de la Confederación de vertidos al río Cauxa, afluente del río Narcea, demuestra lo que llevamos años denunciando: que se está vertiendo en valores importantes sustancias peligrosas a los cauces de la zona, lo que supone un claro impacto en las aguas y la vida de éstas, situación esta que la Confederación nos informa que ha comunicado al Gobierno de Asturias en reiteradas ocasiones en los últimos años, sin que la minera haya hecho nada para subsanar estos vertidos peligrosos y continuos.

 

Las sustancias que al menos se están vertiendo por encima de los limites autorizados son; Selenio, Cianuros, Arsénico, Mercurio, Fluoruros, Zinc, Niquel y Cobre.

 

Segundo.- En las condiciones de la autorización ambiental de la empresa otorgada en el Bopa 13-6-2008 por la Consejería de Fomento, en el punto 9 de la autorización que dice:

 

En caso de un incidente ambiental grave que pueda implicar riesgo para la salud de las personas o pueda perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales, el titular suspenderá inmediatamente la actividad tomando las medidas oportunas para evitar emisiones o vertidos de sustancias contaminantes al medio ambiente y dará aviso, además de al Órgano ambiental del Principado de Asturias, al Departamento de Protección Civil del Principado de Asturias, al Ayuntamiento de Belmonte de Miranda y en su caso, a la Confederación Hidrográfica.

Tercero.- En reiteradas ocasiones el Ayuntamiento de Belmonte ha trasladado a los medios de comunicación el nulo impacto de la actividad minera en el medio ambiente del concejo, lo que viene a sorprender con esta gravísima situación de vertidos peligrosos y continuos que se producía, de la que necesariamente debía conocer el consistorio. Por lo que cabe que quienes hicieron esas declaraciones recogidas en los medios encubriera esta contaminación con sus declaraciones.

 

SOLICITAMOS que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la comprobación de los hechos denunciados y la identidad de los responsables de este abandono dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.

 

 

OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITO la siguiente información ambiental:

 

– Se nos informe si el Ayuntamiento era conocedor de dicho vertidos continuos y peligrosos de los últimos años.

 

– Si en estos años la empresa les comunico al Ayuntamiento estos vertidos de acuerdo al protocolo de actuación recogida en la autorización ambiental integrada que tiene la minera.

 

– Se nos facilite copia de los informes de control de las aguas subterráneas al acuífero artesiano de El Valle-Boinás que la minera tenía que facilitar al Ayuntamiento.

 

– Se nos facilite copia de los informes de control de vertidos al dominico público que la minera tenía que facilitar al Ayuntamiento.

 

– Se nos informe de las medidas que va tomar el Ayuntamiento para que se cumplan las condiciones ambientales de la minera, que están siendo vulneradas continuamente por esta con sus peligrosos vertidos.

 

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia, dándonos detalle del funcionario que verifica lo aquí denunciado.

 

Y por lo anteriormente expuesto,

 

SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

 

En Avilés a 14 de febrero de 2014

 

 

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies