😱 Sobre la legalidad❓ de la licencia del sondeo en Peña Careses 🤔

Ayuntamiento de Siero

Expediente 24115114X

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

 

EXPONE:

Con motivo de la respuesta de ese Ayuntamiento sobre la legalidad de un sondeo en el entorno de la Peña Careses, en La Collada de Atrás.

 

Nos han respondido que el Ayuntamiento ha facilitado la licencia municipal para el sondeo mecánico en Peña Careses con el expediente 24115114X se tramitó por este Ayuntamiento la “Licencia para la excavación de balsas de acopio de agua para la realización de 5 sondeos mecánicos de investigación geológica”, localizándose el Sondeo No 5 en las coordenadas

UTM (Huso 30): X=289.063 Y=4.811.405, punto que dista unos 50 m. de la ubicación indicada por la Coordinadora Ecoloxista d ́Asturies.

 

Pero el Ayuntamiento no responde como se puede dar licencia al sondeo que se ubica dentro de un espacio protegido de BIC de la Peña Careses.

En la “Aprobación definitiva del Plan Especial para la protección del paisaje y entorno de Peña Careses. Expt. 242O102A” publicada en el BOPA del 17 de junio de 2011 se establece, en el punto 6.9 – Suelo y actividades extractivas:

 

No se permitirá en todo el ámbito del espacio natural, la apertura de nuevas actividades extractivas a cielo abierto, canteras o graveras. Igualmente, estará prohibida la apertura de calicatas, las prospecciones y los sondeos propios de las actividades de investigación minera.

SOLICITAMOS, de acuerdo a lo establecido en los art. 3.1 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y demás disposiciones de pertinente aplicación, entre otras, la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por la que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos, que se nos informe sobre:

-Solicitamos que se nos informe cómo se puede autorizar la actividad minera en Peña Careses, vulnerando el plan especial.

-Solicitamos copia de los informes técnicos que han permitido esta licencia en una zona prohibida.

Por la presente también SOLICITAMOS que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y de las conclusiones que de ahí se deriven.

En Avilés a 28 de marzo del 2023

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies