Puerto quimicos del Musel‏.

Autoridad Portuaria de Gijón

C/Claudio Alvargonzalez 32

33201     Gijón

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del trámite de solicitud de concesión administrativa para construcción y explotación de almacén de contenedores para la sociedad Green Logistics Platforms, S.L. de productos químicos al aire libre, en 7.ª Alineación. Muelles de la Osa del Musel publicado en el Bopa 21-3-2012.

Autoridad Portuaria de Gijón

C/Claudio Alvargonzalez 32

33201     Gijón

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del trámite de solicitud de concesión administrativa para construcción y explotación de almacén de contenedores para la sociedad Green Logistics Platforms, S.L. de productos químicos al aire libre, en 7.ª Alineación. Muelles de la Osa del Musel publicado en el Bopa 21-3-2012.

            EXPONE:

Se trata de un almacenamiento en contenedores  normalizados para mercancía general de 20 y 40 pies y contenedores tanque de 20 pies que podrán ser apilados hasta 3 niveles de altura. Con una capacidad máxima de almacenaje 115 TEUs equivalentes con un  tiempo de estancia unos 40 días, en donde van estar almacenados los productos químicos sólidos y líquidos principalmente envasados y clases:

 

–  Líquidos inflamables.

– Sustancias toxicas e infecciosas.

– Corrosivas 

– Peligrosas varias

 

También podrán en contenedores vacíos producto químico a granel.

Tanto la entrada como salida podría ser por vía marina y terrestre/camión

 

Primero. Emplazamiento.

Sorprende que se quiera dedicar una superficie de 25.000 metros al almacenamiento de productos químicos sólidos y líquidos químicos envasados, cuando hay varias instalaciones similares a estas en el resto de Asturias.

 

No podemos olvidar que en el puerto hay numerosos almacenamientos de sustancias inflamables y peligrosas, que en la zona de la Osa ya esta en su proximidad las terminales petrolíferas que con  esta nueva instalación  agravan el riesgo para los vecinos de la zona que viven en numero de 75.000 a menos de 1 km.

 

 

Segundo. El desconocimiento de los colindantes.

 

La publicación del Bopa no podemos entenderla como la realización del perceptivo trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

 

 

Tercero. Carece de estudios fundamentales.

 

No se ha presentado el perceptivo plan de residuos que por la naturaleza de los productos;  tóxicos, inflamables, corrosivos, tóxicos.

 

 

Cuarto. Incumplimiento de la Directiva Seveso

 

 Que, la Directiva 96/82/CE, del Consejo de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, conocida comúnmente por Directiva SEVESO II, transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas,  entre las que incluye parte de las previstas almacenar. Este extremo no se ha mencionado en el Proyecto Básico de concesión; y aunque se pueda suponer, “los industriales, a cuyos establecimientos les sea de aplicación este Real Decreto, están obligados a enviar una notificación al órgano competente de la Comunidad Autónoma donde radiquen, que contenga, como mínimo, la información y los datos que figuran en el anexo II.”

 

Quinto. Falta de garantías financieras.

No se tiene en cuenta el capitulo IV de la Ley de Responsabilidad Medioambiental 26/2007 que establece la obligación de los operadores de las actividades incluidas en su Anexo III (aquellas sometidas  a autorización ambiental integrada) a constituir una garantía financiera que cubra la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que el operador desarrolle. Esta garantía podrá consistir en una póliza de seguro, un aval bancario o una reserva técnica mediante la dotación de un fondo ad hoc.  

 

 

Es por lo que SOLICITA:

 

 

– En vista de las deficiencias del proyecto, se tramite un nuevo trámite administrativo subsanando las deficiencias de este.

 

 

  • Se nos tenga por comparecidos en este expediente y se nos informe de su desarrollo.

 

                                    En      Avilés, 4 de abril de 2012

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies