Proyecto de profundización del Puerto de Avilés

Ministerio de Agricultura, Alimentación  y  Medio Ambiente
Subdirector General de Evaluación Ambiental
Expediente SGEA/NAL/mpg//20120335PUC
Plaza San Juan de la Cruz s/n.
28071      Madrid

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias y con el CIF G-33247891, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q, de Villalegre-Avilés en Asturias 33403. En su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI: 11393200N.

Se nos ha solicitado opinión en el trámite de sugerencias del Proyecto de profundización  del circulo de maniobra y canal de acceso al Puerto de Avilés.

EXPONE:

El proyecto consiste en dragar el puerto y el canal de acceso, con un volumen de dragado calculado de 325.084,76 m3, estando compuesto en su mayoría por arenas y fangos, contaminados por los vertidos sufridos en la ría en la ultima década, en una zona que afecta directamente  al  Monumento Natural de la Charca de Zeluán y Ensenada de Llodero, así como al LIC/ZEPA Cabo Busto-Luanco.

– CONTESTO.

Ministerio de Agricultura, Alimentación  y  Medio Ambiente
Subdirector General de Evaluación Ambiental
Expediente SGEA/NAL/mpg//20120335PUC
Plaza San Juan de la Cruz s/n.
28071      Madrid

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias y con el CIF G-33247891, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q, de Villalegre-Avilés en Asturias 33403. En su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI: 11393200N.

Se nos ha solicitado opinión en el trámite de sugerencias del Proyecto de profundización  del circulo de maniobra y canal de acceso al Puerto de Avilés.

EXPONE:

El proyecto consiste en dragar el puerto y el canal de acceso, con un volumen de dragado calculado de 325.084,76 m3, estando compuesto en su mayoría por arenas y fangos, contaminados por los vertidos sufridos en la ría en la ultima década, en una zona que afecta directamente  al  Monumento Natural de la Charca de Zeluán y Ensenada de Llodero, así como al LIC/ZEPA Cabo Busto-Luanco.

– CONTESTO.

Hay que recordar que anteriores dragados tuvieron un severo impacto sobre el colindante Monumento Natural de la Charca de Zeluán y Ensenada de Llodero, al afectar a la arena allí acumulada (fuerte disminución de la duna de San Balandrán), erosionó gran parte de la Punta de La Llera (a pesar de que los estudios teóricos previos que indicaban que no habría erosión), afectó a las condiciones de contaminación de la ensenada, y supusieron la desaparición casi total de la vegetación allí existente (incluyendo una especie protegida por la legislación asturiana).

– IMPACTO SOBRE EL SUELO.

Esta claro que los dragados  van a tener un efecto notable en la zona, tanto por la afección que va suponer, como por el vertido de los fangos y lodos del dragado contaminados, de acuerdo a la analítica realizada de caracterización:

– Las concentraciones de mercurio superaron en el 100 % de las muestras analizadas sus niveles de acción 1 y 2 (respectivamente de 0,6 y 3,0 mg/kg) según las “Recomendaciones”.

– Las concentraciones de cadmio superaron el nivel de acción 1 (de 1,0 mg/kg) en el 100 % de las muestras y en el 97,72 % el nivel de acción de 2 (de 5,0 mg/kg).

– Las concentraciones de zinc superaron su nivel de acción 1 (de 500 mg/kg) en el 97,73 % de las muestras analizadas. Sólo el 6,82 % superaron su nivel de acción 2 (de 3000 mg/kg).

Estos dragados tienen un efecto directo sobre la pérdida de arena al Monumento Natural de las dunas del Espartal, al afectar al equilibrio de la playa como se ha comprobado en los últimos años con los dragados realizados en el puerto (el hueco de las arenas retiradas por el dragado tiende a rellenarse con arena del Oeste, del Espartal).

El vertido en la ensenada de Xagón podría también tener un potencial impacto contaminante en la playa y en el entorno del Paisaje Protegido del Cabo Peñas.

No deja de ser sorprendente la valoración del impacto en relación con las playas del interior de la ría, en las proximidades de la zona de dragado, a saber: Zeluán, San Balandrán y Arañón. A pesar de que se reconoce como playas manifiestamente no recomendables como zonas de baño, la Autoridad Portuaria de Avilés permite el baño de muchas personas en ellas todos los años, a pesar del riesgo sanitario que supone el baño allí.

– IMPACTO SOBRE LA AGUAS.

El vertidos de los materiales dragados va a tener un efecto notable en las aguas de la zona, en la vegetación y fauna del lugar, afectada no solo por el aumento de la turbidez del vertido, sino afectando a los fondos marinos y las especies que en el habitan por la elevada contaminación de mercurio, cadmio y zinc.

Con el riesgo de si los materiales están contaminados (como se ha comprobado), contaminaremos la zona donde se van a verter con mercurio, que es un metal que se acumula rápidamente en la cadena alimentaría, a niveles que pueden causar graves problemas de salud para los que consumen pescados o mariscos afectados (es acumulativo en muchos seres vivos).

– ACEPTACIÓN SOCIAL DEL PROYECTO.

Es perceptivo realizar el  trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

Para ello deberán realizarse sondeos en los colectivos de vecinos cercanos. Se recomienda el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas generados por la instalación proyectada.

Por todo ello se SOLICITA:

Se someta dicho proyecto a Procedimiento Reglado de Evaluación de Impacto Ambiental, con la inclusión dentro del necesario Estudio de Impacto Ambiental, además de lo todo prescrito en el RDL 1/2008, los siguientes aspectos:

1. Justificación de la alternativa de ubicación seleccionada.
2. Determinación sobre si la capacidad de acogida del medio es apropiada para soportar la actividad proyectada, dado que se trata de un medio físico de un gran valor ecológico.
3. Identificación de todas las acciones del proyecto susceptibles de producir un impacto ambiental.
4. Conocimiento de todos los impactos ambientales producidos así como su magnitud e incidencia.
5. Identificación de todos los factores del medio receptores de los impactos ambientales identificados.
6. Explicación de las medidas preventivas, correctivas y compensatorias y valorar su eficacia.
7. Identificar todos los impactos durante las fases de construcción, explotación del puerto.
8. Determinación del grado de aceptación o repulsa social que plantea el proyecto en el ámbito geográfico de referencia afectado

    En Avilés 31 de marzo de 2014

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies