Planta de Biomasa en Selorio (Villaviciosa)

consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Dirección General de Medio Ambiente

Servicio de Restauración y Evaluación Ambiental

Expediente IA-IA-092/12

C/ Coronel Aranda nº 2

33005     Oviedo

consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Dirección General de Medio Ambiente

Servicio de Restauración y Evaluación Ambiental

Expediente IA-IA-092/12

C/ Coronel Aranda nº 2

33005     Oviedo

                                                                                                                   

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF 33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N.

Con motivo del trámite de sugerencias de la planta de biomasa en el poligono de Selorio en Villaviciosa con una capacidad de 148.000 toneladas anuales por parte de la sociedad RENOVA, Generación de Energías Renovables de Asturias, S.L

 

          EXPONE:

El Proyecto de referencia tiene por objeto la instalación de una central de biomasa para generación eléctrica de 15,4 MW con una turbina de vapor que utilice como combustible principal biomasa procedente de aprovechamientos Forestales de acuerdo con el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

En el proyecto no se detallan datos fundamentales para poder orientar sobre él contenido del estudio definitivo (calidad del aire, emisiones, ruido, distancias a la población, tamaño de la planta, etc)

Primera. Contexto global.

La actividad forestal y maderera genera una importante cantidad de residuos, que pueden utilizados como combustible para la generación deenergía eléctrica. Pero en la memoria presentada no se cuantifica cuantos residuos forestales se precisan para el funcionamiento, ni las fuentes de aprovisionamiento de estos. Se dice que sera procedentes de:

– Tratamientos de limpieza, regeneración, cortas de mejora (claras y clareos), podas y cortas finales: 50 % grupo b.6.3 según R.D. 661/2007.

– Cultivos energéticos (50% – grupo b.6.1 según el citado R.D.), pero no se dice que cultivos energéticos va a ser, donde van estar, porque en Asturias no hay en estos momentos.

Tampoco se concreta si habra otros combustibles de apoyo o alternativos.

Segunda. Emplazamiento.

Tal como exige el R.D.L. 1/2008, deberán plantearse varias alternativas viables de diseño del proyecto por parte del promotor, para cada una de las cuales seestudiará el nivel de afección, eligiendo aquella alternativa que resulte menos agresiva con el medio. Aunque se proponen 2 diferentes,  se decantan por la Alternativa 2, en La Rasa.

Alternativa 1− El extremo Norte del suelo industrial de Cazanes, que se encuentra entre la Carretera N-632 de Villaviciosa a Gijón y la Autovía del Cantábrico, presentando fachada a esta última, en el paraje conocido como “Vertedero de Mieres” a raíz de su utilización como depósito de tierras durante la ejecución del tramo de la autovía entre Villaviciosa y Llamasanti. Es  Suelo Urbanizable denominado SURI-02, Cazanes, con una superficie bruta de 388.149 m2 y carácter industrial.

Alternativa 2− Una de las parcelas previstas en el futuro Parque Industrial de la Rasa Selorio, en la cabecera de los arroyos Regato El Bayu y La Busta, en las inmediaciones de Matallobil, en la rasa de Selorio. Es Suelo Urbanizable denominado SURI-03, La Rasa, con una superficie bruta de 695.145 m2 y carácter industrial.

Hay que recordar que ambos  emplazamientos se encuentran  cerca de la Reserva Natural Parcial de la ría de Villaviciosa, declarada por Decreto 61/1995. La reserva forma parte de la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos del Principado de Asturias, y también se incluiría en la Red Natura 2000, pues ha sido designada como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

Tercera. Impacto en el entorno.

 En la memoria presentada no se presenta estudio alguno meteorologico y de dispersión de contaminadores primarios generados en la combustion ni se nos indica los valores de  la calidad del aire actual en la zona que son fundamentales para valorar la idoneidad de la instalación y de su ubicación, hay que recordar que es una planta de combustión de biomasa.

Tampoco se nos indica en la memoria el tratamiento previsto para las aguas de proceso.  Ni si hay alternativas diferentes para abastecerse de agua bruta que la red de  agua potable tal como pretenden para eso consumos previstos de 5 m3/hora.

Tampoco se indica el volumen de escorias y cenizas producidas, cual va ser su gestión una vez producidas.

          Tambien es necesario  que se lleven a cabo muestreos específicos en la zona de afección del proyecto sobre la flora y fauna, realizados por profesionales con experiencia en ese campo y en la época adecuada para poder llegar a conclusiones válidas. Así como un listado de medidas para minimizar los posibles impactos.

Cuarta. Impacto a la población.

La distancia a los núcleos de poblacion es fundamental en cuanto incide sobre la problemática acústica generada por la instalacion y por la proximidad de las emisiones admosfericas.

 En este tipo de proyectos, y más si cabe en este caso concreto, existe la necesidad de realizar un estudio completo y detallado de acústica ambiental. Y un plan de control acústico en todas las fases del proyecto, con una adecuada planificación de los muestreos.

El alternativa 1 se habla de los núcleos de;  Rasa y Mieres. pero no se concreta la distancia a estos.

Otro tanto pasa con la alternativa 2, se cita los núcleos;  Quintana y la Busta

Quinta. Impacto en el paisaje.

El impacto sobre el paisaje debe ser estudiado considerando la cuenca visual del conjunto de instalaciones proximas ubicadas en estos emplazamientos, no solo la planta si no el de las instalaciones auxiliares. En este caso en la memoría no se detalla datos fundamentales para valorar el impacto en el entorno que son las alturas y dimensiones, de chimeneas, silos, zona de turbinas, torres de refrigeración, etc.

Por eso, de acuerdo al Convenio Europeo del Paisaje, es preciso un estudio detallado de éste atendiendo a la recomendación CM/Rec (2008) 3 del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre las orientaciones para la aplicación del Convenio Europeo del Paisaje, que establece en su Anexo I, apartado 4 sobre “Estudios de impacto y paisaje” que:

Los procedimientos de estudio de impacto –evaluación de impacto ambiental (EIA) y evaluación ambiental estratégica (EAE) –, previstos por la Unión Europea para evaluar las consecuencias de los proyectos de ordenación sobre el medio ambiente, son instrumentos enormemente útiles para estudiar los efectos directos e indirectos de los proyectos sobre los lugares y para precisar las medidas proyectadas para evitar o reducir estos efectos, en caso necesario. Estos procedimientos pueden ser utilizados igualmente en Estados que no sean miembros de la Unión Europea. No obstante, la experiencia existente muestra la frecuente insuficiencia de las modalidades de análisis y evaluación de la dimensión paisajística, que a menudo es considerada como tema sectorial adscrito a los componentes ambientales (aire, agua, suelo), tratado en muchos casos mediante indicadores cuantitativos. Por tanto, es necesaria una verdadera evaluación cualitativa de los efectos de los proyectos de ordenación sobre el paisaje.

Un cambio en el contenido de estos procedimientos resulta indispensable para favorecer una lectura global e integrada de los lugares a través de los diferentes puntos de vista.

Es indispensable introducir los objetivos de calidad paisajística (planes de paisaje, planes de ordenación del territorio con contenido paisajístico, etc.) en los estudios de impacto para asegurar proyectos lo más coherentes posible con esos objetivos.

Es, en todo caso, indispensable prever intervenciones de atenuación y compensación de los eventuales efectos negativos de los proyectos de transformación sobre los espacios, desde el punto de vista del paisaje y el medio ambiente (integración de los dos puntos de vista).

Sexta. Impacto territorio.

Las construcciones y edificaciones que se realizan tiene que integrarse paisajisticamente, utilizando materiales en consonancia con el entorno, tiene que disponer de saneamiento de las aguas residuales que se generen, una vez que el poligono no esta construido de momento, por lo que no hay depuradora ni previsiones a corto plazo.

Hay que tambien tener en cuenta los accesos para la instalación, por la particularidad de estas el impacto del parque de materia prima se debe valorar que debe estar protegido de la acción de viento.

Séptima.  Impacto patrimonio.

Hay que recordar que es necesario llevar a cabo una prospección arqueológica adecuada, mediante búsqueda bibliográfica y visitas de campo, en las que se identifiquen las posibles zonas de ubicación de elementos pertenecientes al patrimonio arqueológico, histórico, artístico y etnográfico de interés. El resultado de estas prospecciones deberá reflejarse de forma gráfica en un mapa, en el cual seubiquen todos los elementos susceptibles de sufrir afección, así como su zona de protección necesaria para garantizar la integradad de estos valores.

Octava. Evacuación de la energía y electromagnetismo.

No se concreta  el impacto de estas obras complementarias  de las lineas de evacuación y del impacto electromagnético de esta obras asociadas ya que no hay subestación proxima.

Novena. Aceptación social del proyecto.

Es perceptivo realizar el  trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

Para ello deberán realizarse sondeos en los colectivos afectados vecinos cercanos. Se recomienda el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas  generados por la instalación proyectada.

Decima. Impactos acumulativos.

Resulta necesario estudiar la posible acumulación de impactos o los efectos sinérgicos producidos como consecuencia de esta planta. Así como del impacto de las actividades de aprovechamiento y cultivo  del material utilizado como combustible.

 

Es por lo que SOLICITA:

En caso de persista en la tramitación, se someta dicho proyecto a Procedimiento Reglado de Evaluación de Impacto Ambiental, con la inclusión dentro del necesario Estudio de Impacto Ambiental, además de lo todo prescrito en el RDL 1/2008, los siguientes aspectos:

  1. Justificación de la alternativa de ubicación seleccionada
  2. Determinación sobre si la capacidad de acogida del medio es apropiada para soportar la actividad proyectada,  frente a una actividad que supondría su completa alteración tanto de la planta como de los cultivos proyectados.
  3. Identificación de todas las acciones del proyecto susceptibles de producir un impacto ambiental
  4. Conocimiento de todos los impactos ambientales producidos así como su magnitud e incidencia
  5. Identificación de todos los factores del medio receptores de los impactos ambientales identificados
  6. Explicación de las medidas preventivas, correctivas y compensatorias y valorar su eficacia
  7. Identificar todos los impactos sobre los cauces,  afloramientos de agua y resto de recursos hídricos, durante las fases de construcción, exploración y cierre de la actividad mediante el pertinente estudio hidrogeológico.
  8. Determinación del grado de aceptación o repulsa social que plantea el proyecto en el ámbito geográfico de referencia afectado.

 

Atentamente

En Avilés a 7 de mayo de 2012

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies