Parque Eólico Sierra del Acebo

Consejeria de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Servicio de Restauración y Evaluación Ambiental.

Expediente: IA-PP-0001-12

Consejeria de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Servicio de Restauración y Evaluación Ambiental.

Expediente: IA-PP-0001-12

Calle Coronel Aranda 2

33005   Oviedo

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del trámite de Sugerencias de la Modificación del Plan General de Ordenación del concejo de Grandas de Salime para la implantación del Parque Eólico Sierra del Acebo con la referencia PE-192 que prevee 5 aerogeneradores de 2 Mw. cada uno que se suman a los 27 aerogeneradores de 0,77 Mw. ya existentes.

 

            EXPONE:

 

En este caso hay tres expedientes distintos para modificar el PGOU de Grandas (que son los parque eólicos de; la Folgosa, Sierra del Acebo, Lombreiros), los tres expedientes para permitir la implantación de parques eólicos. Como se trata de modificar un único Plan, deben tramitarse los tres conjuntamente; el PGOU es el documento que ordena el territorio del concejo, por lo que ha de tener una consideración unitaria y global; no es de recibo que se pretenda que se modifique simultáneamente en tres expedientes distintos para permitir la implantación de tres parques eólicos como si cada uno de ellos no tuviese ninguna repercusión concurrente con los otros dos: hay un cambio de uso del suelo y de la ordenación territorial que es de mucha mayor proyección si se permiten tres parques que si se permite sólo uno.

 

La ordenación del territorio ha de contemplar esta situación globalmente: el concejo es uno, el territorio es único y no admite fragmentación artificiosa. Si se permitieran estos tres parques se daría lugar a una transformación sustancial del carácter del concejo, con un paisaje que pasaría de ser fundamentalmente agrario y forestal a uno de corte industrial, con una importante repercusión en las actividades turísticas, ganaderas y silvícolas locales.

Por otro lado, los tres parques van a tener elementos comunes (como es el accesos por la carretera AS28), los tres están muy próximos, lo que supone que en realidad no son tres proyectos, los trocean para aparentar que su impacto ambiental es menor al global y así facilitar su autorización. Esto supone un fraude legal inadmisible y que distintos tribunales han rechazado ya en varios casos similares.

 

 

Es por lo que SOLICITA:

 

Primera. – Que se paralice cualquier tramitación a de Modificación del Plan General de Ordenación del concejo de Grandas de Salime hasta que no se subsanen los errores administrativos denunciados.

 

Segunda.- Se nos informe sin demora de esta solicitud y se fundamente su respuesta, por si de los hechos aquí denunciados por esta Coordinadora pudiera ejercitar las acciones legalmente procedentes en orden a la exigencia de responsabilidades en los términos previstos por el art…145 .de la ley 30/92, de 26 de noviembre. Todo ello sin perjuicio de levar las Quejas a que hubiera lugar ante las instituciones como La Procuradora General de Asturias y otras instituciones, tanto   Autonómicas como Europeas.

 

En   Avilés, 16 de marzo de 2012.

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies