No se puede permitir el almacenamiento de carbón del Musel sin protecciones (30/09/19)

NOTA DE PRENSA

 

No se puede legalizar el proyecto de almacenamiento, clasificación, cribado y mezclado de carbón en parcela de 46.000 m2 en la trasera de Muelle Marcelino León del Puerto de Gijón que se publica hoy en el Bopa si no se implementan otras medidas de protección.

 

La actividad que se lleva desarrollando desde 2009 conlleva el almacenamiento, molienda, clasificación, cribado y mezclado de carbón, según reconoce la empresa, es antracita proveniente de Rusia. La instalación consta con una capacidad total de almacenamiento para 500.000 de Tn, entre carbón en bruto y carbón ya clasificado y segregado.

 

Desde la Coordinadora Ecoloxsta queremos recordar que, según los estudios oficiales ya realizados, esta zona presenta de los peores datos de calidad del aire de toda España con superaciones continuas de los valores límite para partículas.  En esta zona han sido también numerosas las denuncias realizadas por los impactos de la manipulación de carbones desde que está operativa la actividad.

 

Esta actividad, de legalizarse como se pretende y consentir su continuidad con las escasas medidas que tienen, va mantener la importante contaminación de la zona, algo que venimos denunciando desde hace años . Con los datos que tenemos de la estación de control de la contaminación del Ayuntamiento ubicada en el Humedal (que el Principado quiere quitar, para que no se sepan los datos) que da datos en continuo, la zona esta altamente contaminada.

 

Es notable el impacto de la actividad, no parece que las medidas previstas conlleven una notable mejoría del impacto de ella, al menos se precisarían estas otras medidas para instalarse:

 

– Para paliar dispersión del almacenamiento no hay más solución que su cobertura completa en una nave cubierta y con parámetros laterales suficientes que impida el efecto de dispersión del viento.

 

– Es preciso que zonas de carga y descarga cuente con parámetros laterales de suficiente altura para paliar el efecto del viento, nunca inferior a los 6 metros.

 

– Es preciso que todas las cintas y los camiones que transporten desde el puerto a la planta o salgan de ella, vayan capotados y cubiertos para evitar la dispersión del polvo.

 

Hay que recordar que la OMS estableció en 2005 unos valores límite para partículas PM10 aún más restrictivos que los vigentes en la Unión Europea, en sus Guías de Calidad del Aire. Así, mientras España considera un valor límite promedio anual de 40 µg/m3 de acuerdo al mencionado RD 102/2011 la OMS lo establece en 20 µg/m3, la mitad. En la zona no se cumple el valor límite diario de protección a la salud, presenta numerosas superaciones diarias por encima de los 35 días al año, que es el límite admitido.

 

Por eso desde la Coordinadora Ecoloxista exigimos que para legalizar esta actividad contaminante, se tomen todas las medidas precisas para reducir el fuerte impacto que presenta en la zona.

 

Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Tfno. 617867452 (Miguel) y 629892624 (Fruti)