Eólico Pajares (18/11/16)

Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León

Avda. Peregrinos, s/n

24008      León

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11670 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

 

Que a medio de este escrito, interpongo en tiempo y forma, RECURSO DE ALZADA frente a la Resolución de 30 de septiembre de 2016, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León, por la que se otorga la autorización administrativa del Parque Eólico Experimental «El Puerto I», promovido por «Boreas Tecnología, S.L.», en el término municipal de Villamanín (León). Expte.: 208/2010, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León del 19 de octubre del 2016 y lo hago sobre la base de los siguientes

HECHOS

Primero.- Se pretende la instalación de un parque eólico experimental de más de 188 metros a 300 metros de la frontera con Asturias, sin que en la tramitación se haya consultado en el trámite de consultas previas al Principado de Asturias que es perceptivo, lo que resulta completamente fuera de lugar de acuerdo al impacto transfronterizo del molino eólico y se exige en el actual marco ambiental para aquellos proyectos que afecten a mas de una comunidad como es el caso, al ser visible en Asturias de forma notable y tener un claro impacto paisajístico, afectar del ruido que genere el aerogenerador.

 

Segundo.- La Coordinadora Ecoloxista se enteró de la tramitación de este parque eólico a ubicar en la frontera con Asturias cuando se publicó esta resolución en el Boletín de la Junta de Castilla León no antes. A pesar del importante impacto ambiental que va tener en Asturias en cuanto se va ver, al tener una altura de más de 188  metros, con un vuelo de las palas del aerogenerador de ocupara más de 14.526 m2 que alcanzara suelo asturiano, se ejecutara dentro de la Red Natura 2000, ZEC ”Montaña Central de León” y colindante con la ZEC “Montaña Central de Asturias”,
 

Tercero.- A pesar del impacto que va tener sobre Asturias este eólico, no se comunico en Asturias esta instalación, por lo que no hemos podido participar en esta tramitación y hacer las correspondientes alegaciones  para exigir medidas para reducir los importantes impactos que va tener en una zona de alto valor natural como es el impacto que va tener sobre la ZEC Montaña Central Asturiana.

Cuarto.- Muy cerca del eólico proyectado pasa el Camino del Salvador, que procedente de León entra en Asturias por Payares y alcanza Oviedo, que esta declarado Bien de Interés Cultural (mediante un Decreto de fecha 22 de junio de 2006, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del 29 de junio de 2006), sobre el que va tener un impacto  visual severo por la cercanía de esté, no hay constancia de consulta a Asturias por este impacto a Patrimonio.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

 

I.- Según lo previsto en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 107.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano del que los dictó.

 

II.- Según lo previsto en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992 ya mencionada, “el recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo”.

 

III.- Se fundamenta la impugnación en los motivos desarrollados en el relato fáctico, todos ellos previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

 

Por todo lo anteriormente expuesto,

 

 

SOLICITO que se tenga por presentado este escrito y por interpuesto RECURSO DE ALZADA, contra la Resolución de 30 de septiembre de 2016, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León, por la que se otorga la autorización administrativa del Parque Eólico Experimental «El Puerto I», promovido por «Boreas Tecnología, S.L.», en el término municipal de Villamanín (León)

           

En Avilés  a 18 de noviembre de 2016

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies