La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha denunciado ante la Consejería de Agroganadería y Recursos Autoctonos del Principado de Asturias la plantación por parte del Ayuntamiento de Gijón de una planta invasora en las isletas del Rinconin.
La planta que se esta utilizando es la Carpobrotus, mas conocida como uña de gato, es una de las especies incluidas en el Real Decreto 620/2013 por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras de invasoras, por lo tanto está prohibida la tenencia , así como su introducción en el medio natural, como es este caso.
Sorprende que sea un Ayuntamiento el que la este plantando de nuevo una especie invasora, cuando es un delito ambiental tal como recoge la legislación actual, tipifica como delito.
La proliferación de especies invasoras, o alóctonas, es, tras la destrucción del hábitat, la principal causa de extinción de plantas y animales, debido a que según los casos depredan sobre las autóctonas, compiten por los recursos, se hibridan y transmiten enfermedades. Algunas pueden llegar a cambiar el propio funcionamiento del ecosistema.
Así pues, definiremos una especie exótica invasora como aquella que extraída de su medio original es capaz de adaptarse, vivir, competir y reproducirse naturalmente en otro lugar distinto produciendo en este proceso un efecto negativo sobre el medio y sobre la fauna y flora local.
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha denunciado ante la Consejería de Agroganadería y Recursos Autoctonos del Principado de Asturias la plantación por parte del Ayuntamiento de Gijón de una planta invasora en las isletas del Rinconin.
La planta que se esta utilizando es la Carpobrotus, mas conocida como uña de gato, es una de las especies incluidas en el Real Decreto 620/2013 por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras de invasoras, por lo tanto está prohibida la tenencia , así como su introducción en el medio natural, como es este caso.
Sorprende que sea un Ayuntamiento el que la este plantando de nuevo una especie invasora, cuando es un delito ambiental tal como recoge la legislación actual, tipifica como delito.
La proliferación de especies invasoras, o alóctonas, es, tras la destrucción del hábitat, la principal causa de extinción de plantas y animales, debido a que según los casos depredan sobre las autóctonas, compiten por los recursos, se hibridan y transmiten enfermedades. Algunas pueden llegar a cambiar el propio funcionamiento del ecosistema.
Así pues, definiremos una especie exótica invasora como aquella que extraída de su medio original es capaz de adaptarse, vivir, competir y reproducirse naturalmente en otro lugar distinto produciendo en este proceso un efecto negativo sobre el medio y sobre la fauna y flora local.
Los peligros de las invasiones biológicas no sólo lo son para la biodiversidad, para el resto de especies que comparten el hábitat. El efecto biológico de las invasiones no siempre es debido a la competencia entre especies; con una frecuencia mayor de la esperada puede ser el resultado de la transmisión de patógenos o de la hibridación. Los procesos de introgresión genética son comunes en vegetales y pueden dar lugar a que un pequeño grupo de invasores amenace a una población bien establecida y populosa. Los impactos de las especies exóticas invasoras son inmensos, insidiosos, globales y generalmente irreversibles.
Los problemas asociados a las especies invasoras viene siendo una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el planeta. Por ello hemos solicitado al Gobierno de Asturias un control sobre la plaga que suponen las especies invasoras en Asturias que están colonizando grandes espacios ellas solas, mas si encima le ayudan algunos ayuntamientos.
Hay que recordar que a pesar de la gravedad de esta invasión de estas especies en toda Asturias no hay un plan de actuación por parte del gobierno asturiano, para su control y evitar su actual propagación.
Coordinadora Ecoloxista d’Asturies
Para más información tfnos: 629892624 (Fruti) y 617867452 (Miguel)