Confederación Hidrográfica del Cantábrico
Comisaría de Aguas
La Coordinadora Ecologista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
Hemos tenido conocimiento de que el sistema de Saneamiento de los ríos Sella, Güeña y Piloña que presta servicio a los municipios de Nava, Piloña, Parres, y Cangas de Onís, disponiendo para ello de la EDAR de Ricao ubicada en el concejo de Parres, gestionado por el Consorcio de Aguas de Asturias, funciona de manera precaria durante parte del año.
Desde hace varios años se vienen detectando, sobre todo durante el verano, fuertes olores y colores extraños en la salida de la depuradora de Ricao, lo que podría denotar un mal funcionamiento de la instalación de depuración.
OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 18/2013, de Transparencia, acceso a la información pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:
– Que se inspeccionen en profundidad estos hechos y se abra/n el/los correspondiente/s expedientes sancionadores a los responsables de dichos vertidos continuados si no estuvieran autorizados.
– Que, si estuviesen autorizados, se compruebe que el volumen de agua que sale coincide en su composición con los parámetros del vertido autorizado.
– Que se nos informe de los diferentes expedientes existentes vinculados a estos vertidos en esta zona en los últimos años.
– Que se nos informe del desarrollo de esta denuncia en las correspondientes fases del procedimiento sancionador o penal que se pueda instruir desde ese organismo.
Y, asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos.
Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.
En Avilés a 29 de agosto del 2022
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies