Denuncia playa Franca‏ (Ribadedeva)

 

Consejeria de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística

C/ Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

 

PRIMERA.- Se están haciendo unas obras de movimientos de tierras para construcción de terrazas en el talud del fondo de playa de la playa  Franca en el concejo de Ribadedeva en el bar de temporada allí instalado. Talud o riega donde se esta canalizando una fuente o arroyo subterráneo,  esta zona es también de escorrentía de las aguas de lluvia.

 

SEGUNDA.- La superficie del terreno donde se ejecutan estas obras con  movimientos de tierras y aterrazamientos  es de 1200 m2 aprox. con taludes de mas de 3 metros de altura, y terrazas de ancho de hasta 6 m por 30 m de longitud. se han construido 3 terrazas y rellenos para allanar el terreno en la coronación  del talud.

 

Se han instalado escaleras de madera para acceder al primer talud, que lleva a pensar que estas terrazas van a tener un Uso Hostelero.

 

 

TERCERA.-

Las obras están situadas en Suelo de Protección  del POLA, que prohíbe expresamente los movimientos de tierras en su ámbito.

 

En Servidumbre de Protección de la Ley  de Costas que prohíbe taludes de mas de 3 metros de altura.

 

Las obras afectan a las zonas LIC y Zepa del IGI Sella. Tinamayor sin que sepamos que se haya realizado un estudio del impacto ambiental de estas obras.

 

 

Y por lo expuesto,

 

SOLICITAMOS que se ttenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados, dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.

 

OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

 

  • Se nos facilite el Acta de Inspección que se levante por la Inspección Urbanística Regional a la vista de los hechos denunciados y de acuerdo a lo recogido en el Artículo 256 y siguientes del TROTU.

 

 

Y por lo anteriormente expuesto,

 

SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

En Avilés a 22 de junio de 2015

 

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies