Denuncia escala de Valduno

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos

Dirección General de Recursos Naturales

C/Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

 

PRIMERA.

 

Hemos comprobado que la escala de artesas del embalse Valduno 1 del río Nalón que explota la mercantil Hidromedia SA esta sin agua, lo que impide que puedan usar los peces ni para subir ni para bajar.

 

SEGUNDA.

 

Las escalas en los embalses, son medidas compensatorias para paliar la disminución de la conectividad longitudinal., permiten permeabilizar los cauces. Sirven para permitir la migración de los peces y deriva de semillas y organismos acuáticos, siempre que funcionen para lo que tiene que circular el agua.

 

 

TERCERA.

 

Parece que los sedimentos han colmatado las entradas de agua a la escala y las compuertas de las boyas no pueden bajar por el lodo que hay debajo, así que no se pueden abrir las compuertas y no entra agua a la escala, lo que manifiesta una falta de mantenimiento evidente de la instalación.

 

Hay que reiterar que esta situación de falta de funcionamiento de la escala ya se ha producido en otras ocasiones, lo que dice de la dejadez de la empresa con sus obligaciones para mantener la biodiversidad del cauce, donde explota un recurso con un claro impacto sobre el cauce, por lo que si persiste esta dejadez hay que exigirle sus obligaciones ambientales.

 

Supone una clara infracción grave a la Ley 6/2002 de Ecosistemas Acuáticos, artículo 50.

 

 

Por todo ello,

 

SOLICITO que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados a las diferentes autores de la plantación, dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.

 

 

OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITO la siguiente información ambiental:

 

 

-Se inspeccionen en profundidad estos hechos y se abra/n el/los correspondiente/s expedientes sancionadores a quien corresponda.

 

-En caso de constatarse por su organismo que los hechos puedan ser constitutivos de delito penal, se dé traslado a la fiscalía correspondiente.

 

– Se nos considere como parte interesada en los expedientes que pudiera haber relacionados con estos hechos.

 

– Se nos informe de los diferentes expedientes existentes vinculados a esta falta de mantenimiento en la escala en los últimos 15 años.

 

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia en las correspondientes fases del procedimiento sancionador o penal, que se pueda instruir desde ese organismo.

.

 

Y por lo expuesto,

 

 

SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud

 

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

En Avilés a 3 de julio de 2015

 

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies