Denuncia de las explosiones de astilleros Armón en Gijón ante Puertos del Estado

Puertos del Estado
Gabinete de Presidencia
Avda. del Partenón, 10
 28042 Madrid – España
 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:
 

Primero.-  Desde el pasado noviembre, varias personas pudieron comprobar como Astilleros Armón venía realizado  explosiones submarinas  en el puerto de Gijón, lo que producía la muerte de numerosos peces que no se pudieron identificar y varias  alcas común (Alca Torda).

Segundo.- Hay que recordar que el Alca Común esta recogida dentro del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Hay que recordar que en la zona hay otras muchas aves protegidas que también se pueden ver dañadas por las explosiones:

Serreta mediana (Mergus serrator)
Colimbo grande (Gavia immer) y Colimbo chico (Gavia stellata)
Zampullín cuellinegro (Podiceps nigricollis)
Tarro blanco (Tadorna tadorna)
Charrán patinegro (Thalasseus sandvicensis)
Negrón común (Melanitta nigra)

Además de las aves, también hay mamíferos protegidos en la zona como la  foca gris (Halichoerus grypus) que se podrían ver afectadas.

Tercero.- Dichas explosiones se denunciaron al Puerto Gijón en diciembre y en enero, a pesar de nuestra primera denuncia de diciembre la empresa siguió utilizando explosivos matando aves protegidas a pesar de que se había solicitado exigir medidas preventivas para evitar que en las deflagraciones se produzcan daños a las aves, más fáciles de controlar que los peces.

Cuarto.- La empresa Astilleros Armon responde que Puerto de Gijón en ningún momento le informo de la existencia de aves protegidas en la zona de obras.

Quinta.-A pesar de nuestros escritos,  el Puerto de Gijón vulnera la Ley de Acceso a la Información de forma reiterada, no nos ha informado de las autorizaciones que tenía la empresa Astilleros Armon para las explosiones y de su obligatorio control.

– Seguimos sin conocer si dichas explosiones están autorizadas.

– Seguimos sin saber  si existía  protocolos para evitar los daños a las especies protegidas, porque estas explosiones se iniciaron en mayo de 2013.

– Seguimos sin saber quien controlaba las explosiones por parte de Puerto de Gijón, porque no solo producían la muerte de especies protegidas durante estas, sino también se produjeron daños importantes en las estructuras de varias viviendas de la zona.

 

SOLICITAMOS que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados y la identidad de los responsables de este abandono dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.

OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITO la siguiente información ambiental:

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia, dándonos detalle del funcionario  que verifica lo aquí denunciado.

– Se proceda sin demora a solventar las irregularidades de acceso a la información que comete Puerto de Gijón en su respuesta a esta asociación.

 

    Y por lo anteriormente expuesto,

SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

 

 

 

En Avilés a 4 de febrero de 2014

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.