Denuncia alivios ría de Villaviciosa‏

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Dirección General de Calidad Ambiental

C/ Coronel Aranda nº 2

33005          Oviedo

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE

 

Primera.– La ría de Villaviciosa  lleva años cerrada al marisqueo por su elevada contaminación microbiológica (Escherichia coli, Enterococos intestinales), por los vertidos que se producen en ella en su zona alta desde noviembre de 2011, a pesar de que anuncian su mejoría, todavía sigue cerrada.

Es evidente que es necesario una actuación decidida para evitar estos vertidos  en esta Reserva Natural que además es ;  Lugar de Interés Comunitario (LIC), Zona Protección de las Aves (Zepa),  Lista de Humedales de Importancia Internacional por sus destacados valores ambientales  RAMSAR (Convención Internacional relativa a los Humedales de Importancia Internacional) donde hay serios problemas de calidad de las aguas, como es manifiesto por los constantes vertidos que están afectando no solo al ocio, sino a las labores de los pescadores/mariscadores profesionales que ven amenazada su actividad  por la posible toxicidad presente en las aguas que imposibiliten la comercialización de estos productos por la presencia de bacterias toxicas.

Sorprende que un espacio  reconocido internacionalmente y se encuentre en esta situación de precariedad por una mala gestión de las aguas residuales desde hace varias décadas y las administraciones competentes sean incapaces de solucionarlo.

 

 

Segundo.- De acuerdo a los datos facilitados por el Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Principado de Asturias(CADASA), el saneamiento de Villaviciosa porque sigue presentando notables deficiencias tal como se comprobó este pasado febrero con numerosos vertidos de aguas residuales de los colectores de la depuradora al espacio natural de la ría que fueron de acuerdo a los datos:

9 vertidos en el aliviadero del Salin

3 vertidos en el aliviadero de Rodiles

1 vertido en el aliviadero de Albatros

1 vertido en el registro del Puntal

Tercero.- Estamos hablando  de un  nivel de alivios a la ría supero el 25%,  no todos por culpa de las lluvias, también hubo  incidencias mecánicas y fallos suministros eléctrico.

 

Creemos que este volumen de alivios supera lo razonable, precisa se sancione a los responsables por la negligencia producida con consecuencias graves para un ecosistema de alto valor natural.

 

Sin que sepamos qué medidas se están tomando para paliar estas continuas averías.

 

Cuarto.– Otro problema no menor es que el sistema está mal diseñado, lo que permite que con las pleamares entre el agua salada a los colectores del sistema de saneamiento, en febrero ocurrió 6 días, lo que aumenta el nivel de alivios y de aguas  a tratar en la precaria depuradora de Rodiles.

 

Sin que sepamos qué medidas se están tomando para paliar estas continuas averías.

 

Quinto.- Creemos que es preciso que se acometa sin demora las mejoras necesarias en la red de saneamiento para evitar estos continuos vertidos de aguas residuales a la ría desde los aliviaderos, que se mejore la depuradora, para evitar que la propia red de saneamiento  sigue siendo a día de hoy una importante fuente de contaminación.

 

Es por lo que SOLICITAMOS:

 

–       Que se nos informe si ha iniciado algún expediente sancionador por tanto alivio el pasado febrero.

 

–       Que se proceda informarnos de que medidas se tienen previsto tomar para evitar estos alivios.

 

–       Que se proceda a informarnos de que medidas se tiene previsto tomar para frenar la entrada de agua salada a los colectores.

 

 

Y se tenga por presentada la presente solicitud y se conteste a la misma en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

 

En Avilés,  15 de abril del 2016

 

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturie