Cantera la Gueñaz en el Naranco

Con motivo de  la ampliación de la industria extractiva del Naranco en el Área de Gueñaz, ubicada en el monte Naranco en el concejo de Oviedo, que nos fue comunicada  por correo ordinario el pasado 04/06/2011, a la que presentamos alegaciones previamente.

 EXPONE

Que, dentro del plazo legal conferido al efecto, interpongo, mediante el presente escrito, RECURSO DE REPOSICIÓN contra la Resolución del 26 de mayo de 2011, de la Consejeria de Industria y Empleo que  se nos comunicó el 04/06/2011.

Consejeria de Industria y Empleo

Dirección General de Minería y Energía

Expediente 08/C/06/11

Plaza de España nº 1-4º planta

33007    Oviedo

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.

 

Con motivo de  la ampliación de la industria extractiva del Naranco en el Área de Gueñaz, ubicada en el monte Naranco en el concejo de Oviedo, que nos fue comunicada  por correo ordinario el pasado 04/06/2011, a la que presentamos alegaciones previamente.

 

 

EXPONE:

 

 

Que, dentro del plazo legal conferido al efecto, interpongo, mediante el presente escrito, RECURSO DE REPOSICIÓN contra la Resolución del 26 de mayo de 2011, de la Consejeria de Industria y Empleo que  se nos comunicó el 04/06/2011.

 

 

 

PRIMERA: Impacto Paisajístico.

 

La escasa consideración que se otorga a los valores paisajísticos del área explotable, a pesar de la elevada visibilidad que tiene la explotación en una zona que pretende proteger y que se vería fuertemente afectada. En cuanto al impacto visual, la cantera puede verse al menos desde la A-66, As-II, As-240, As-241, Ll-1, Ll-2, Ll-3, Ll-4, la carretera de subida al Naranco, así como desde Posada y Lugo de Llanera.

El actual método de explotación no favorece la reducción del impacto paisajístico, ni posibilita la restauración y apantallamiento de los bancos una vez agotados. Buena prueba de ello es la falta de recuperación paisajística de las zonas explotadas en la actual cantera.

Con el fin de minimizar y atenuar los impactos paisajísticos, se deberán haber realizados apantallamientos arbóreos en todo el perímetro de la explotación, de manera que estos estén disponibles en el momento en que se inicien las labores en los bancos superiores. Los apantallamientos se realizarán con especies autóctonas, y se dispondrán constituyendo bosquetes con un mínimo de tres hileras de árboles colocados al tresbolillo, con tipología lo más naturalizada posible. En todo caso se evitarán las configuraciones lineales. Las mismas actuaciones se realizarán a lo largo de los accesos cuyos taludes y terraplenes deberán ser revegetados, apantallándose con especies arbóreas y arbustivas los tramos de pista visibles.

 

segunda: Impacto sobre la flora y fauna.

 

 

La actual actividad de la cantera dificulta la presencia de numerosas especies que son habituales en zonas colindantes, por lo que supone una actividad no compatible con un espacio a proteger. Por lo que ampliación agrava este problema.

 

Cabe resaltar que en el entorno de 1000 m del campo de explotación existen hábitats como los humedales de S. Claudio, Los Peñones y Silvota; y formaciones vegetales como la aliseda del río Nora, genistas brezales, pastizales, vegetación hidrofítica de lagos eutróficos naturales.

 

Destaca las presiones que sufriría los quirópteros (15 especies presentes en el área), aves de matorral y de roquedos entre los que cabe destacar el halcón peregrino y el alimoche y la vegetación asociada al curso fluvial.

 

 

TERCERA:  Impacto en las aguas.

 

La explotación afecta al manantial de "El Aguañaz" del que se capta agua para el abastecimiento de Llanera.

 

Nada se dice del tratamiento previsto de las aguas del proceso, la cantera existente tiene 3 balsas de decantación de las aguas residuales, pero no se informa de la analítica del agua una vez decanta en las 3 balsas, de su contenido en sólidos, ni la presencia de metales pesados en ella.

Tampoco se hace referencia al riesgo de filtraciones en la zona a los acuíferos, con los consiguientes riesgos consiguientes de contaminación de estos, hay que recordar que la protección a estos acuíferos es fundamental.

En la actual explotación se puede comprobar como no existen canales o cunetas perimetral con capacidad suficiente para recoger las aguas pluviales y de escorrentía y evitar su entrada dentro del área en explotación. El sistema deberá estar construido con carácter previo inicio de las labores mineras dentro del área de ampliación. Asimismo, dentro de la explotación se establecerá una red de cunetas y canales que recojan todas las aguas procedentes de cualquier labor relacionada directa o indirectamente con la explotación, incluidas las pluviales y de escorrentía. Las bermas deberán mantener una pendiente tal que las aguas que por ellas discurran queden finalmente integradas en dicha red.

CUARTA: Impacto en el aire.

En la actualidad los vecinos se quejan el intenso trafico de camiones que atraviesa los pueblos (Lugarín, Quintana, Folgueras, Ladines, Villapérez, Cayés…).que genera ruido, polvo y aumento de la siniestralidad en esa zona. Resulta evidente que no se  acondiciono adecuadamente la zona  a fin de evitar las emisiones difusas de polvo, ni se han tomado las medidas adecuadas de mejora del firme y los arcenes, así  como sistemas de riego para evitar este polvo. La salida de vehículos desde el área de explotación a las carreteras de uso público se realizará previo paso por un sistema de limpieza de los vehículos y sus neumáticos. Los vehículos se dotarán de sistemas y prácticas que eviten pérdidas de carga.

 En las operaciones de vertido de todo tipo de materiales se realizará un seguimiento de las condiciones de calidad atmosférica, asegurándose el cumplimiento de los niveles de emisión, mediante la limitación de la altura de vertido y la disposición de sistemas de riego para la humectación de los materiales.

 En la actual cantera se reconoce que se incumple los niveles de emisión de ruido legales derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad. Por ello no es creíble que en la ampliación solicitada  se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona minera se ajuste a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias.  Que estos  límites previstos en el citado Decreto se cumplirán, también, en el exterior de las viviendas situadas en el entorno de la explotación que son varios pueblos. Hay que recordar que hay casas a 600 metros y a 800 se encuentra el pueblo de Quintana.

 

 

QUINTA: Restauración ambiental.

 

En la actual explotación no se ha procedido a realizar labores de restauración y revegetación de las zonas laboradas, que están completamente degradadas.

 

Desde la Administración Pública se debería prestar mayor atención a la legalidad con la que están actuando hasta el momento, puesto que no se están cumpliendo estrictamente los proyectos de restauración. Se debería obligar a la absoluta restauración de los frentes de explotación para aminorar el grave impacto paisajístico que  en la actualidad producen esta cantera.

 

SEXTA: Aceptación Social.

 

En ninguna parte del expediente se detalla que los vecinos que viven en la zona de la explotación conozcan con detalle el proyecto, hayan aceptado esta nueva ampliación  a pesar de su afección directa sobre sus vidas.

 

No consta que se informara adecuadamente a los vecinos de la nueva ampliación. Resulta evidente que  esa carencia de información, e supone una vulneración clara de la necesidad del tramite de aceptación social del proyecto que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

 

Hay que recordar que el Plan del Parque Periurbano  del Naranco, ampliamente consensuado es un elemento que quedara en entredicho si se permite esta ampliación. Tal como se planteo en su discusión del año 2005  por parte de vecinos, autoridades y otras entidades.

 

La totalidad de la corporación municipal indicó que se oponía cualquier ampliación el pasado septiembre del 2009 tal como recoge la prensa en varios artículos.

 

 

 

Es por lo que SOLICITA:

 

 

 

            Se tenga por presentado este escrito de reposición, se sirva admitirlo, tenernos por comparecido en el expediente.

           

 

 

            Avilés, 24 de junio de 2011

 

                       

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.