Alegaciones protocolo contaminación del aire (13/12/17)

Consejeria de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

C/Tres Rosas nº 2

33005        Oviedo

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Con motivo del trámite de  consultas pública de Protocolo de actuación en episodios de contaminación del aire en el Principado de Asturias publicado en el Bopa del pasado 17/11/2017

 

EXPONE:

 

-ALCANCE.-

Desconocemos las razones porque no se tiene en cuenta en este marco el grave problema del benceno, a pesar de que somos con diferencia el sitio más contaminado de España como el Principado conoce y lleva años ocultando.

Según los datos oficiales publicados en su web por el Gobierno del Principado de Asturias, la concentración de benceno registrada por la estación “Trubia Piscinas” durante su primer año de funcionamiento (del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017) fue de 7,04 µg/mEsta misma estación lleva registrada en lo que va de año (11 meses) una concentración media de 5,18 µg/m3 de benceno.

 Recordemos que el RD 102/2011 de 28 de enero, relativo a la calidad del aire, establece un límite máximo en media anual para el benceno de 5 µg/m3

Recordemos también que en el año y medio escaso en que la estación “Trubia Piscinas” registra la concentración de benceno en la zona, se superó durante cuatro meses la media mensual de 8 µg/m3, que es la concentración máxima admitida en el “Plan de acción a corto plazo para la reducción de los niveles de benceno en Trubia” y en las Autorizaciones Ambientales Integradas-

 

 de Industria Química del Nalón y de Industrias DOY, y que en 333 ocasiones se superaron los 33 µg/m3 de benceno en media horaria, máximo admitido en esos mismos documentos.

Por lo expuesto anteriormente queda meridianamente claro que existe un grave problema de contaminación por benceno en la zona central de Asturias, problema que en este borrador de Protocolo se obvia sin ninguna explicación.

Creemos necesario que además de las PM10 y PM2, 5. Por eso solicitamos que  se incluya el benceno.

No vemos aceptable que para este protocolo solo se tenga en cuenta una parte  de Asturias y no son su totalidad. Por eso solicitamos que se tenga en cuenta toda Asturias y no solo las áreas propuestas.

No vemos aceptable que solo se tenga en cuenta parte de las estaciones publicas del Principado, no se tenga en cuenta  los datos de la red de estaciones de los Ayuntamientos, las Empresas y  los Puertos que se supone que todas son homologadas y deben ser verificadas por un empresa externa que certifica su idoneidad y supervisada por el Principado.

Hay que recordar que hay muchos concejos donde no hay red pública y resulta evidente que hay un grave problema de contaminación del aire en esas zonas de acuerdo a los datos de las actuales estaciones; Gozón, Corvera, Carreño, Tineo, Navia, Morcin.

 Por eso solicitamos que se tenga en cuenta todas las estaciones públicas y privadas fijas y móviles.

 

-NIVELES DE ACTIVACIÓN.-

Los niveles de activación del protocolo deben ser preventivos para que sirvan para proteger la salud de la ciudadanía y por tanto iniciar la alerta con los limites diarios para las partículas fijados por la OMS, la razón de una alerta es para prevenir o reducir la exposición a las toxinas cuando están presente, no que se enteren después de haberla padecido.

Un estudio epidemiológico reciente realizado por el Principado en las 3 zonas urbanas más grandes de Asturias mostró que hay una relación entre los picos de contaminación en las zonas y la frecuencia de ingresos hospitalarios por causas respiratorias y cardiovasculares. Los niveles de activación del protocolo deben ser preventivos para proteger la salud de la ciudadanía. Es decir, la meta es reducir ingresos a hospitales debido a la mala calidad del aire además de empeoramientos en la salud de la gente más vulnerable a sus efectos nocivos, hostilizados o no, como los niños y las personas con problemas respiratorios.

Tambien creemos necesario que se tengan en cuenta los otros contaminantes habituales para este protocolo, aunque no sean los habituales en Asturias.

Por lo tanto, proponemos que se inicie una alerta a nivel 0 cuando haya picos de contaminantes que duren más de una hora a un nivel que supere más de 200% de la directriz del promedio diario.

En vista de los umbrales de información y alerta establecidos en la legislación vigente y en números Protocolo de actuación con motivo de situaciones excepcionales de contaminación atmosférica y con la finalidad de advertir a la población sensible cuando se produzcan elevados niveles horarios, creemos necesario que se cree lo que llamaremos umbrales de alerta para los elevados picos que se generan,  se procede de forma inmediata a avisar a la población del entorno de estos picos de contaminación.

Proponemos un Umbral de alerta horario para Pm10  de 100 µg/m3

Proponemos un Umbral de alerta horario para Pm2,5  de 50 µg/m3

Proponemos un Umbral de alerta horario para Ben  de 10 µg/m3

Proponemos un Umbral de alerta horario para SO2  de 400 µg/m3

Proponemos un Umbral de alerta horario para NO2  de 200 µg/m3

En cuanto a los promedios diarios, proponemos que se inicie las alertas basadas en los límites diarios para las partículas fijadas por la OMS y no por el Principado, y cuando estos promedios  superen 2 días consecutivos en vez de 3 días. La razón de una alerta es para prevenir o reducir la exposición a las toxinas cuando están presentes, no que la población se entere después de haberla padecido.

Para el nivel 0, creemos necesario que para el caso de las PM 2,5 y del benceno se siga la misma proporción que en las PM10 y se reduzcan los límites al nivel de otros protocolos vigentes.

·         Solicitamos que se active cuando el  valor de las PM 10 esté 2 días consecutivos por encima de los 40 µg/m3

·         Solicitamos que se active también cuando el valor de las PM 2,5 esté 2 días consecutivos con una media superior a los 25 µg/m3 .

·         Solicitamos que también se active cuando los valores de Benceno estén 2 días consecutivos con una media superior a los 6 µg/m3.

·          Solicitamos que se active cuando el  valor de las N02 esté 2 días consecutivos por encima de los 40 µg/m3

·         Solicitamos que se active cuando el  valor de las S02 esté 2 días consecutivos por encima de los 20 µg/m3

Para el nivel 1, creemos necesario que para el caso de todos los contaminantes siga la misma proporción que para las PM10.

·         Solicitamos que se active cuando los valores de las PM 2,5 estén 3 días consecutivos con una media superior a 30 µg/m3.

·         Solicitamos que se active también cuando los valores de Benceno estén 3 días consecutivos con una media superior a 7 µg/m3.

·         Solicitamos que se active cuando el  valor de las N02 esté 2 días consecutivos por encima de los 50 µg/m3

·         Solicitamos que se active cuando el  valor de las S02 esté 2 días consecutivos por encima de los 30 µg/m3

·          

Para el nivel 2, creemos necesario que para el caso de todos los contaminantes siga la misma proporción que para las PM10.

·         Solicitamos que se active también cuando los valores de las PM 2,5 superen los 35 µg/m3 de concentración media diaria en al menos 3  de los últimos  5 días.

·         Solicitamos que se active también cuando los valores de Benceno superen los 9 µg/m3 de concentración  media diaria en al menos 3  de los últimos 5 días.

·         Solicitamos que se active cuando el  valor de las N02 esté 2 días consecutivos por encima de los 60 µg/m3

·         Solicitamos que se active cuando el  valor de las S02 esté 2 días consecutivos por encima de los 40 µg/m3

 

MEDIDAS PARA LAS PERSONAS.-

Resulta sorprendente que se propongas medidas paliativas a los productores, pero no medidas proteccionistas para  minimizar la exposición de la población  si se alcanza el nivel 2.

 Solicitamos se procederá a proponer la limitación de la práctica de determinadas actividades al aire libre, en las horas en que los niveles de contaminantes superen los máximos fijados por la normativa vigente, como las prácticas deportivas tanto individuales como colectivas, determinadas actividades extraescolares y de trabajo exterior, y actividades en exterior en geriátricos, centros médicos, hospitales, centros educativos.

-MEDIDAS PARA EL SECTOR INDUSTRIAL.-

Siendo con diferencia la más responsable de la contaminación asturiana, creemos necesario que se tomen medidas más exigentes para el nivel 2 para las industrias con autorizaciones ambientales.

-En el nivel 2. Solicitamos se proceda a reducir significativamente la producción de forma especial en los procesos más contaminantes. En el caso de la contaminación del benceno se procederá a reducir a la mitad el proceso de producción.

-En el nivel 2. Solicitamos se prohíba el uso de combustibles contaminantes en los procesos de arranque de las instalaciones;  gas-oil, fuel-oil, petcok y similares.

-MEDIDAS DE TRÁFICO.-

No vemos que entre las medias propuestas para los casos de aplicación del protocolo, se tenga en cuenta bonificar el tren de cercanías, a pesar de usarlo miles de asturianas-os todos los días, solo se proponen reducción  del precio del billete sencillo de autobús interurbano y urbano en un 20% y un 40% pero nada para el tren, lo que supone discriminar el transporte público menos contaminante.

Solicitamos que se apliquen al tren de cercanías en las zonas afectadas la misma reducción del billete sencillo que el autobús para los casos de aplicación del nivel 1  del protocolo.

Solicitamos que se apliquen para los casos de aplicación del nivel 2  del protocolo, transporte público gratuito en las zonas afectadas.

-MEDIDAS DE INFORMACIÓN.-

Ante los continuos picos de algunos contaminantes, algunos fáciles de prever es necesario advertir a la población de estos fenómenos para paliar en alguna medida la gran incidencia que tienen sobre la salud, tal como concluyen numerosos estudios entre ellos el realizado por el Principado en 2016, que asocia los picos de contaminación con el agravamiento de numerosas personas. Solicitamos se establezca un sistema de alerta por picos de contaminación.

Es necesario  un sistema rápido y ágil para poder ver los datos de la contaminación en tiempo real, no como hasta ahora que solo se ven las estaciones de la red del Principado con un retraso de 1 hora.

Solicitamos así mismo que el Protocolo incluya un sistema adecuado de avisos a la población  para los umbrales de alerta (SMS, aplicaciones para móviles; medios de comunicación; etc.) y actores implicados así como rapidez y agilidad en las actuaciones ante casos de alarma por episodios puntuales de emisión de contaminantes peligrosos para la salud.

 

Por todo ello se SOLICITAMOS:

Que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos  den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 OTROSÍ DICE: Que es preciso dar una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Tal esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

En Avilés, 15 de diciembre de 2017

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies