Alegaciones mini central río Casaño (11/02/2021)

Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático

Servicio de Evaluación y Autorizaciones Ambientales

Expediente IA-IA-0273/2020

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Con motivo de la información pública de la solicitud nueva concesión de aprovechamiento hidroeléctrico en el rio Casaño en la localidad de Poo en el concejo de Cabrales publicado en el Bopa del 15 de enero del 2021.

Primera. Proyecto

Se debería evaluar detalladamente las posibles repercusiones del proyecto sobre las características hidrológicas del río Casaño en la cuenca del Cares-Deva, así como sobre los recursos naturales de la zona. Con un procediendo de identificación exhaustiva de los impactos ambientales asociados.

Esta zona del río Casaño esté catalogado como “Tramo de Interés Natural”, conlleva, tal como establece el Articulo 65, “Zonas de protección especial” del Reglamento del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, que se limiten las actividades que puedan alterar no sólo la fauna y la flora del tramo, sino también el medio físico natural. 

Esta también dentro de la la Red Natura 2000 como “Tramos de interés natural y medioambiental” del río Cares y sus afluentes.

Segunda. – Marco normativo

Entre los objetivos de la Directiva Marco de Aguas (DIRECTIVA 2000/60/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2000 por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas), se encuentran los siguientes: “Los Estados miembros habrán de aplicar las medidas necesarias para prevenir el deterioro del estado de todas las masas de agua superficial,” “Los Estados miembros habrán de proteger, mejorar y regenerar todas las masas de agua superficial, …, con objeto de alcanzar un buen estado de las aguas superficiales a más tardar quince años después de la entrada en vigor de la presente Directiva”, (Año 2015).

Un problema muy grave en la actualidad, que está poniendo en peligro la pervivencia de muchas poblaciones de especies migradoras, es el establecimiento de barreras en los cauces como consecuencia de las captaciones destinadas a los aprovechamientos hidroeléctricos.

La regulación de los caudales fluviales han supuesto un profundo desajuste en las relaciones entre los ecosistemas de ribera y el río.

 La derivación de los caudales por azudes y presas es una práctica muy frecuente que produce un impacto de gran magnitud en las comunidades biológicas que conforman el ecosistema fluvial.

Si existe alguna presa u otra infraestructura transversal en el lecho del río, se produce una pérdida de naturalidad del ecosistema fluvial muy acusada.

 

Tercera. Impacto sobre la fauna

La pérdida y derivación del caudal, tiene un notable impacto sobre los peces y la fauna de los cauces.

 Entre las especies que pagarán las consecuencias de estas agresiones destaca el salmón y trucha que sufrirá las consecuencias de la fragmentación de las poblaciones con la consiguiente pérdida de diversidad genética lo que puedo poner en peligro la viabilidad de las poblaciones. Este impacto esta constatado como ya sucedió en otras mini centrales tanto por disminución de la extensión y la calidad del hábitat, como por otro tipo de efectos más directos sobre su ciclo de vida, entre los que cabe destacar la imposibilidad de acceder a tramos altos del río donde se realiza la freza.

También supone un notable Impacto sobre los anfibios. Las mini centrales incidirá especialmente en las poblaciones de anfibios altamente sensibles a la alteración del hábitat, por lo que la modificación de los regímenes hídricos, con la consiguiente pérdida de procesos de inundación natural (inundación, construcción de pistas, etc.) y el efecto de barrera y trampa que suponen para estos animales los canales de derivación de aguas, suponen un impacto que no puede ser asumido por las poblaciones de anfibios. Algunas de nuestras especies más representativas son especialmente sensibles a los cambios de caudal que afectan a las pequeñas pozas donde realizan las puestas y sus poblaciones se vieron fragmentadas en lugares en que estos peculiares hábitats desaparecieron.

El estado de las poblaciones de salmónidos en los ríos de la vertiente cantábrica es cada vez más notoriamente reducida en la cuenca del río del que es afluente del río Cares-Deva, tal y como se lleva reflejando desde hace años tanto en las estadísticas de capturas cada vez más mermadas, como en los diversos muestreos e inventarios realizados anualmente que no dejan lugar a la duda en cuanto a dicha reducción en las poblaciones, que lleva camino de ser irreversible,  muy especialmente el Salmo Salar, o salmón atlántico.

Cuarta. Impacto sobre la flora

También se genera un impacto sobre la flora.  Hay que recordar que los bosques de ribera están protegidos por la Unión Europea, cualquier alteración de los caudales y las dinámicas naturales de inundación tienen un efecto directo sobre ellos. Aquí pueden verse afectadas no solamente especies arbóreas en formación boscosa, si no también especies herbáceas que necesitan de condiciones de humedad para vivir.

Quinta. Acumulación de impactos

La consideración aislada de los efectos de un aprovechamiento sobre un río infravalora el impacto ambiental, si no se tiene en cuenta el efecto de acumulación de otras obras o aprovechamiento en las inmediaciones.

De manera especial hay que tener en cuenta el caudal ecológico previsto y necesario para la subsistencia del hábitat. El caudal circulante que garantice los parámetros de calidad ecológica del río no se puede establecer en una cantidad fija para todos los meses del año. Dicho caudal debería establecerse sobre la base de un estudio de caudales exhaustivo para el tramo en cuestión y en función de las variaciones estacionales del mismo. Por tanto, se solicita un estudio de caudales que aporte datos reales de los mismos y sirva para justificar que, a pesar de llevar a cabo la derivación de parte de esos caudales, queda garantizado un caudal circulante que mantenga las condiciones hidrobiológicas del tramo afectado por dicho proyecto. Para su cálculo, se deben incorporar los parámetros fijados reglamentariamente en el Plan Hidrológico

Sexta. Cumplimiento del Caudal.

Es necesario un sistema de control y registro del caudal ecológico, así como un sistema de control y registro del caudal derivado al régimen de caudales del río Casaño en el tramo de actuación. En aras a la transparencia de la gestión sobre un bien público al registro de caudales tendrá acceso de cualquier ciudadano y en particular.

Si no se garantizan estos caudales mínimos es incompatible, tanto el mantenimiento de la calidad ecológica de este tramo

 

Séptima- Mantenimiento canal y escala.

 

Para que sea posible mantener el buen estado ecológico de las aguas, se hace imprescindible, el realizar un adecuado mantenimiento de las barreras de entrada en las actuales y futura turbina. Por ello, nos interesaría conocer si existe un plan previsto, que nos permita monitorizar el buen uso de este aprovechamiento porque tal y como se puede observar en muchos canales de derivación o escala de peces  hay una evidente falta de limpieza, no existe barrera alguna para evitar  mismo la entrada al mismo  de los peces.

Si como se indica en el proyecto se va poner una reja tupida que vaya impedir el transito de los peces, no sabemos como se va realizar la subida por la turbina propuesta del tornillo de arquimedes, donde si resultara fácil bajar a los peces, pero no subir.

 

Octava – Evacuación de la energía.

 

 Es preciso que la conexión eléctrica se realice de forma subterránea entre la turbina y  la linea de evacuación existente, donde se quiere conectar.

 

Novena-Impacto paisajistico

 

Es preciso que las obras que se realicen se hagan con materiales que se mimeticen con el entorno,  no sean perceptibles desde las orillas del cauce. La construcciones que sean exteriores  se  deben apantallar mediante barrera vegetal para reducir su impacto visual

 

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene contra dicho proyecto, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

 OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

En Avilés a 11 de febrero del 2021

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies