Alegaciones dragados puerto Castropol (22/04/2021)

Consejería de Medio Natural y Cohesión Territorial

Servicio de Puertos e Infraestructuras del Transporte

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

 

EXPONE:

Con motivo del trámite de la Información pública del estudio de impacto ambiental del proyecto básico para la construcción de rampa de botadura y dragado del muelle de atraque en el Puerto Sur de Castropol  en el concejo de Castropol  publicado en el Bopa del pasado  10/03/2021 que promueve la mercantil Astillero del Eo SL

Impacto en los valores naturales.

El dragado previsto y la zona de vertido afectan a varios espacios protegidos:

– Reserva de Biosfera Oscos-Eo-Terras Burón

– Humedad RAMSAR Ría del Eo

– El Lugar de Interés Comunitario  “Ría del Eo-Playa de Barayo”.

 – La Zona Especial protección para las Aves “Ría del Eo”.

 Impacto de los vertidos.

Es fundamental escoger un lugar adecuado para el vertido de los materiales dragados que se estiman en 3.600 m³.

Sorprende que se diga que se desechan las mejores alternativas por razones económicas. Se proponga verter el material extraído a una zona colindante con  la disculpa  de no provocar un balance sedimentario negativo, cuando se insiste en lo exiguo del material dragado.

Se dice que para la caracterización del sedimento  se tomaron muestras con  una profundidad máxima de 200 cm  Hay que recordar que para la toma de muestras de sedimentos se precisa toma de muestras a mayor profundidad, la columna de sedimentos tiene que alcanzar el espesor de dragado proyectado, por lo que desconocemos si la metodología usada es la adecuada para determinar el nivel de contaminación de los materiales a extraer. De los datos que se facilitan, sorprendente

 

– Los valores de los coliformes.

Deberían caracterizarse los sedimentos en diferentes estratos, no sólo para caracterizar adecuadamente lo que se extrae, sino también lo que se pretende dejar al descubierto para valorar los riesgos de unos y otros en el entorno natural.

Está claro que los dragados generan efectos allí donde son vertidos, por la incorporación al medio acuático de contaminantes (materia orgánica, nutrientes, metales, contaminantes de origen fecal, etc.), lo que tiene efectos directos sobre el medio pelágico y las comunidades bentónicas.

 

Vigilancia ambiental.

 Es preceptivo que durante los dragados el promotor remita  a la autoridad que otorgó el permiso al menos los siguientes controles:

– Control de los efectos sobre la calidad de la masa de agua o las zonas sensibles que pudieran existir en el entorno.

– Calidad de las aguas, preferentemente mediante la monitorización en continuo, en lo referente a la turbidez generada por la operación de dragado y la calidad fisicoquímica.

– Se incluirá un control microbiológico en caso de existir zonas de baño, de cultivos marinos o con cualquier figura de protección ambiental próximas a la zona de dragado.

– Posibles afecciones a los hábitats o especies protegidas, con especial atención a la deposición sobre los mismos de material particulado.

– En el caso de proximidad a caladeros o a zonas de marisqueo, seguimiento de los efectos sobre los recursos pesqueros y marisqueros.

– Efectos sobre las infraestructuras y servicios en el caso de existir estas próximas a la zona de dragado.

 

Una vez finalizadas las operaciones de colocación o vertido del material dragado se remitirán los siguientes informes:

 

– Carga contaminante, expresada como concentración media y cantidad total colocada o vertida para cada uno de los contaminantes analizados.

 

– Métodos analíticos utilizados en la caracterización química, con indicación de los límites de cuantificación utilizados para cada contaminante, los posibles ejercicios de intercalibración en los que hubiese participado el laboratorio y, en su caso, los materiales de referencia utilizados por el mismo para el aseguramiento de la calidad de las medidas.

 

– Descripción de los bioensayos que pudieran haberse realizado y sus resultados.

 

– Resultados del seguimiento ambiental de las actuaciones, tanto durante la ejecución de la obra como los que pudieran realizarse para evaluar su evolución.

 

 

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene contra dicho proyecto, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

 OTROSÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

                                                                      

            En Avilés a 22 de abril del 2021

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies