Alegaciones a la variante del Puerto de Avilés

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Secretaria de Estado de Medio Ambiente

Expediente: SGEA/MMB/fjs/20230209

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Está a consulta para procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de acceso a la margen izquierda del puerto de Avilés.

-ANTECEDENTES.

Hay que recordar que el Pleno de la Junta General del Principado aprobó, tras rechazar el trazado entonces previsto por el Peñón de Raíces, el 09 de mayo de 2008, ‘instar al Consejo de Gobierno a consensuar con los Ayuntamientos afectados un nuevo trazado para la futura ronda de acceso al puerto de Avilés, atendiendo a la protección del patrimonio cultural, histórico, medioambiental, urbanístico y vial de los concejos afectados.’  Igualmente, en fecha 07 de noviembre de 2008, el mismo Parlamento ‘insta al Consejo de Gobierno a dar continuidad al diálogo para consensuar con los ayuntamientos afectados un nuevo trazado para la futura ronda de acceso al puerto de Avilés’. 

 

-ALTERNATIVAS.

Como venimos defendiendo en los diferentes trámites sometidos a consulta en los años anteriores, la alternativa más viable y que no se estudia adecuadamente sigue siendo un túnel por debajo de la ría, para unir las zonas industriales a ambos márgenes de la misma. Este túnel evitaría el actual trasiego por la avenida de Conde Guadalorce de camiones que llevan el jarofix de AZSA al vertedero del Estrellín, que es el mayor tráfico diario.

 

La especialización de la orilla derecha del puerto en el almacenamiento y construcción de torres eólicas y bases marinas no parece precisar otro acceso diferente a la orilla izquierda dado el tamaño de las piezas transportadas.

En las anteriores fases de consulta no se tuvieron en cuenta todas las opciones posibles de trazado, como esta del túnel a la que nos referimos u otras.

– IMPACTO SOBRE EL TRÁFICO.

Según la Memoria, en el puerto de Avilés las mercancías que entran y salen por carretera son un 62,7%, mientras que las que lo hacen por ferrocarril representan un 7,8%. Es evidente que el ferrocarril se usa para el traslado de una parte muy pequeña de las mercancías y en el futuro del transporte del área portuaria el objetivo principal debería ser aumentar el traslado por ferrocarril en detrimento del que se realiza por carretera, teniendo en cuenta que ya hay dos líneas de anchos distintos (ibérico y métrico) funcionando en la orilla izquierda y que está previsto en breve el funcionamiento de la línea ancho ibérico en la orilla derecha para servicio portuario.

– IMPACTO A LA ATMÓSFERA.

Es preciso adoptar medidas para reducir el fuerte impacto acústico del transporte en entornos con viviendas en sus proximidades.

– IMPACTO SOBRE LA AGUAS.

Se tendrán que tener en cuenta los efectos negativos derivados de la intercepción de cauces por parte de la nueva infraestructura, que afectará a numerosos cauces.

– IMPACTO SOBRE EL SUELO.

La actual variante no tiene capacidad para absorber más tráfico, y mucho menos el de camiones, lo que agravaría los problemas de alta siniestralidad que ya padece.

Se ha desechado el uso residencial de los terrenos de baterías en los diferentes proyectos que se han presentado por lo que no entendemos porqué en el Memoria se sigue hablando del Plan de la Isla de la Innovación, que ya está superado y que no puede condicionar la actual vía existente.

– IMPACTO SOBRE  EL ENTORNO NATURAL.

Es necesario un inventario de especies susceptibles de verse afectadas en el ámbito definido en el estudio de impacto ambiental del proyecto, así como muestreos específicos en la zona de afección del proyecto, realizados por profesionales con experiencia en ese campo y en la época adecuada para poder llegar a conclusiones válidas.

Es necesario preservar la integridad de los espacios naturales del entorno y el dominio público marítimo terrestre.

Es necesario facilitar el tránsito de un lado a otro de la vía con pasos subterráneos para evitar atropellos y accidentes con los animales.

IMPACTO SOBRE EL PAISAJE.

Es preciso que en el estudio de Impacto Paisajístico se realice una valoración de sus principales componentes: calidad, fragilidad visual y visibilidad.

Es fundamental preservar los espacios de la Red Natura 2000 cuyos límites están dentro del área de estudio, como es la ZEC y ZEPA Cabo Busto-Luanco, así como el Monumento Natural de la Playa del Espartal.

– VIGILANCIA AMBIENTAL.

Es preciso un detallado plan de vigilancia ambiental, así como las posibles medidas protectoras y/o correctoras suficientemente detalladas, explicando la metodología que permitiría su ejecución durante su construcción y funcionamiento.

– ACEPTACIÓN SOCIAL DEL PROYECTO.

Aunque recurrentemente obviado, es preceptivo realizar el trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

Para ello deberán realizarse encuestas y sondeos representativos en todos los colectivos afectados incluidos los vecinos cercanos y usuarios de la zona de instalación de la obra, incluidos sus viales y su línea de evacuación. Debe buscarse el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas generados por la instalación proyectada.

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene contra dicho proyecto, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

OTROSÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

En Avilés a  de 18 agosto del 2023

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies