Alegación a la Directiva Marco del Agua 2009 Asturias

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo de la información publica de la Directiva Marco del Agua.

EXPONE:

La Directiva Marco del Agua (DMA) significa una revisión fundamental del planteamiento de la política de aguas; no puede ser considerada como un anexo a la práctica habitual. La DMA no se limita a regular los aspectos relacionados con los objetivos ambientales, como si fuera subsidiaria de un planteamiento más general (el establecido por la Ley de aguas española) que, habiendo incorporado desde su transposición las aportaciones “ambientales” de la DMA, vendría a ordenar todo lo relativo a la política hídrica.

Confederación Hidrografica del Cantabrico

Plaza de España s/n.

Oviedo     33005

 

Aviles a 30 de enero de 2009

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo de la información publica de la Directiva Marco del Agua.

 

EXPONE:

 

 

La Directiva Marco del Agua (DMA) significa una revisión fundamental del planteamiento de la política de aguas; no puede ser considerada como un anexo a la práctica habitual. La DMA no se limita a regular los aspectos relacionados con los objetivos ambientales, como si fuera subsidiaria de un planteamiento más general (el establecido por la Ley de aguas española) que, habiendo incorporado desde su transposición las aportaciones “ambientales” de la DMA, vendría a ordenar todo lo relativo a la política hídrica. La DMA establece un marco para la gestión de las aguas en todos sus aspectos, partiendo del principio de que sólo la recuperación de los ecosistemas hídricos y su mantenimiento en buen estado pueden garantizar la disponibilidad duradera de agua para los usos humanos. Por ello los objetivos ambientales son prioritarios, ya que constituyen la condición de posibilidad de los usos a largo plazo. En este sentido, la propuesta del ministerio no se ajusta a los fines de la DMA.


   2. La estructuración del documento "Esquema de Temas Importantes…" invierte el orden de presentación y tratamiento de los temas coherente con la DMA: la prioridad de los objetivos ambientales se debe expresar en la estructura del documento en la que debe aparecer en primer lugar la “Evolución del estado” (actual apartado 4), seguida por el tratamiento de los “Usos del agua” (actual apartado 3). En este último, posiblemente sería necesario empezar por la definición de “Restricciones ambientales” (régimen de caudales ambientales), que actualmente quedan relegadas a una posición final dentro de este epígrafe. Este tema es importante dado que a través de él se expresa la concepción, el sentido, los objetivos y el alcance que se atribuye al nuevo ciclo de planificación iniciado.


   3. En la página 1 dice que el presente documento ha de ”describir las estrategias de actuaciones actuales y previstas, junto con una selección de alternativas posibles para resolver los problemas identificados”. No se realiza ninguna alternativa para problemas identificados como: alteraciones hidromorfológicas, contaminaciones puntuales, riesgos, etc


   4. En la página 3 se dice que”los nuevos planes hidrológicos amplían los anteriores y se reorientan para alcanzar el buen estado de las masas de agua….”. No parece adecuado este párrafo ya que los nuevos están basados en un paradigma diferente y no son una reorientación ni una ampliación de los anteriores, sino que se fundamentan en la DMA que pregona una visión diametralmente opuesta a la existente hasta el momento, que tuvo en el hidraulismo su núcleo duro, mientras que la visión de la DMA es alcanzar el buen estado de las masas de agua. La visión anterior estaba basada en la gestión de la oferta (conseguir aumentar la cantidad de recurso para que la “sociedad” accediera al agua sin tener ningún tipo de restricciones pero ahora se trata de gestionarla desde la perspectiva de la gestión de la demanda. En el proceso de implementación, del cual este texto de ETI es un nuevo paso, coexisten dos enfoques, dos estrategias no armonizadas: la de la Directiva marco del agua y la de la planificación hidrológica tradicional. Hay dos (posibles) grandes problemas: sobreestimación de recursos a la vez que se mantiene la actitud tolerante o disposición positiva a sobredimensionar o tolerar crecimientos no controlados de demandas.

 
    5. El inicio del llamado “Nuevo ciclo de planificación hidrológica” es una consecuencia directa de la aprobación y entrada en vigor de la DMA. Su razón de ser es precisamente la de dar cumplimiento a lo establecido en la directiva y, tanto el contenido de los planes como el proceso de su elaboración están claramente definidos en el texto legal europeo. Por el contrario, toda la primera parte de la introducción del documento de Esquema de Temas Importantes acentúa la continuidad entre el nuevo proceso de planificación y el anterior. Reconoce un “cambio sustancial de la legislación europea”, pero da por buena y suficiente la transposición realizada. Simplemente se “amplían los objetivos anteriores” y se incluyen “contenidos adicionales”. Este es un problema político clave y de fondo.


   6. Respecto al clima, se dan los datos de lluvia (página 20) sine specificar que años se han tomado para calcular la lluvia media. No sabemos si se ha tenido en cuenta el cambio climático. Creemos que se deberían tomar los datos de lluvia de los últimos 25 años, ya que quedaría mejor reflejada la realidad pluviométrica al tomar datos actuales, y estaría más en la línea de lo que va a ser el futuro más influenciado por el cambio climático. En la página 22, se toman los datos del periodo 1940/1 a 2005/6 con lo cual quedan distorsionados los valores, hacia valores más altos de los que nos vamos a encontrar en el futuro. Las previsiones de reducción de lluvia, previstos en los modelos del cambio climático y las restricciones que imponen los caudales ambientales a las previsiones de recursos y reservas, hace que sea muy problemático aceptar un documento que no cuente aún con estos datos, ya que es fundamental saber de que partimos y cuales son las previsiones para los horizontes que se contemplan en el Plan a la hora de llegar a un cálculo de recursos. En Pág.175 sobre el cambio climático, se dice que a falta de datos suficientemente contrastados y siguiendo la Instrucción de Planificación Hidrológica se considera una disminución del 2 % en las aportaciones. Cuando se empezó el proceso de elaboración del nuevo PH aún no existían estos modelos pero casi al final de dicho proceso, que es cuando nos encontramos ahora, difícilmente se puede justificar que nada se haya avanzado en el conocimiento sobre este tema.


   7. En general se puede criticar que el documento no ha avanzado nada con respecto al inicio del proceso en cuanto a conocimiento de dotaciones, demandas, programa de medidas, etc., así en los párrafos siguientes se señalarán algunas cuestiones concretas que adolecen de ese defecto. -En la Página 54, cuando se habla de dotaciones, estas son estimaciones
del INE, cuando pensamos que debería de partirse de datos reales. Difícilmente pueden adoptarse medidas sin conocer la realidad y trabajar con estimaciones (¿Cuánto se consume?), desagregándolo por zonas y sectores.


-En la página 62 se dice “en el escenario futuro no incorporan el efecto del Programa de Medidas (aún por desarrollarse) y cuya futura implementación podría conllevar a un ahorro en el consumo y reducción de pérdidas en las redes de distribución…”. Resulta difícil hacer previsiones de futuro sin   que demanda debemos abastecer. -En el caso de la demanda de agua en la industria tampoco se tiene en cuenta los posibles efectos del programa de medidas (aún por desarrollarse) por lo que se puede decir lo mismo que en el caso del abastecimiento humano.


  8. En el Reglamento de Planificación Hidrológica (Art. 79 del RPH. apartado a), dice que el Esquema de Temas Importantes incluirá “Las principales presiones e impactos que deben ser tratados en el Plan Hidrológico, incluyendo los sectores y actividades que pueden suponer un riesgo para alcanzar los objetivos medioambientales”. Esto no se especifica en el documento, que nos lo expone gráficamente en mapas con muy poco detalle. Así, en la página 107 en Evaluación del estado, se puede decir que el diagnostico de la situación del estado de las masas de agua actuales es cualitativo y se desconocen tanto las causas como las actividades. En el caso de las aguas de transición, 3 son muy

modificadas: la desembocadura del Navia y la de la ría de Avilés. En cuanto a las aguas costeras en Asturias solamente se ha identificado una masa muy modificada y es el puerto del Musel.


   9. En cuanto al riesgo, volver a insistir sobre la falta de datos yaque la mayoría de masas de agua están en la categoría de riesgodesconocido (en función de presiones e impactos), pero aquellas queestán en la categoría de riesgo seguro no se aporta en el documentoinformación alguna que permita propuestas de futuro para disminuir oeliminar ese riesgo.


   10. Respecto al estado de las masas de agua, en el documento de TemasImportantes se expresa gráficamente con diferentes colores en funcióndel estado, pero la calidad de las figuras y el desconocimiento del tipode contaminante que hace que una masa sea considerada como en mal estadoquímico, nos hace solicitar se mejoren los mapas y la información quecon ellos se pretende.


   11. En el apartado de Temas Importantes respecto a las cuestiones que ponen en riesgo el cumplimiento de los objetivos de la planificación (pág.155), no se dice nada de la elevación de temperatura por uso  de refrigeración para procesos industriales y de producción energética (pag.158) cuando se sabe que es una importante modificación que afecta a la vida del río. Este tema tiene importancia sobre todo en el río Nalón, Narcea y Aboño.  En cuanto a la extracción se agua subterránea se definen (pág.160) los recursos como el valor medio interanual, que no es lo mismo que se dice en el Reglamento de Instrucción Hidrológica ”Se considerará que una masa o grupo de masas se encuentra en mal estado cuando el índice de explotación sea mayor de 0,8 y además exista una tendencia clara de disminución de los niveles piezométricos en una zona relevante de la masa de agua subterránea.” En página 166 sobre los cumplimientos objetivos medioambientales destaca la “Ocupación del dominio público hidráulico y marítimo terrestre” señalando que resulta necesario definir con claridad los límites… Después del tiempo pasado desde que se inició el proceso de participación pública para la elaboración del nuevo PH, tenemos que decir que ese deslinde del dominio público hidráulico debería de haberse realizado ya y no haberlo hecho aún sugiere que sea porque no existe ninguna voluntad política de realizarlo.

 

12. La Directiva marco del agua implica un cambio de objetivos y de métodos que no se podrán llevar acabo sin un cambio de la relación entre la Administración del agua y la sociedad. No se trata simplemente de aceptar la participación de los sectores más activos, sino de desarrollar un plan de información, de reflexión y de avance de los nuevos objetivos legalmente establecidos en un contexto social que va a seguir presentando resistencias y dificultades por parte de los agentes sociales más poderosos y mejor organizados. En este sentido, es necesario asumir la necesidad de que la administración pública habilite los recursos necesarios para permitir una presencia suficiente en el proceso a la parte de la sociedad civil identificada con los objetivos de la aplicación de la DMA.

 

13. La identificación de temas importantes constituye un ámbito paradigmático para la aplicación del principio de participación, ya que, estando al inicio del proceso de elaboración del plan de gestión, condiciona fuertemente el desarrollo de éste. Por otra parte, es precisamente en este ejercicio de jerarquización y priorización de los asuntos relevantes dónde deben expresarse los valores e intereses de los distintos actores sociales, dónde emergerán las discrepancias y se abrirán las posibilidades de exploración de futuros consensos. El procedimiento seguido para la elaboración del documento de Temas Importantes por parte del ministerio opta por una metodología de selección (jerarquizada) basada excesivamente en el juicio de los técnicos de la administración, no prestando suficiente atención a las prioridades de los agentes sociales identificados con los nuevos objetivos, que sólo pueden ser captados a través de la participación directa mediante técnicas hoy ya estandarizadas.

 

 

Es por lo que SOLICITA:

 

Se tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenerme por comparecido en el expediente y por formuladas las alegaciones, informándonos de su desarrollo.

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies