Alegación a la ampliación de la cantera Peñamiel en Morcin.

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo de la consulta pública de la tramitación de la ampliación de la cantera Peñamiel en Morcin.

EXPONE:

Esta nueva ampliación de la cantera es un despropósito cuando resulta evidente el impacto que supone para la zona la actual explotación y las numerosas irregularidades que se cometen en su actual explotación. El informe de impacto ambiental de dicho proyecto adolece de gran cantidad de faltas,  errores y omisiones.

Primera: Alternativa cero

No se contempla en el estudio la no realización del proyecto sin aportar causas de fuerza mayor o de interés público.

Consejería de Industria y Empleo

Dirección General de Minería y Energía

Plaza de España nº 1-4º planta

33007    Oviedo

 

Avilés, 2 de marzo de 2009


La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo de la consulta pública de la tramitación de la ampliación de la cantera Peñamiel en Morcin.

 

EXPONE:

 

Esta nueva ampliación de la cantera es un despropósito cuando resulta evidente el impacto que supone para la zona la actual explotación y las numerosas irregularidades que se cometen en su actual explotación. El informe de impacto ambiental de dicho proyecto adolece de gran cantidad de faltas,  errores y omisiones.

 

Primera: Alternativa cero

 

No se contempla en el estudio la no realización del proyecto sin aportar causas de fuerza mayor o de interés público.

 

Esta nueva ampliación impide el desarrollo de la comercialización de los materiales recuperados de estériles de la construcción de los que Asturias produce todos los años más de 800.000 toneladas. Por ello creemos que se debe favorecer el uso de materiales reciclados de la construcción antes de abrir nuevas canteras.

 

SEGUNDA: Impacto Paisajístico

 

La escasa consideración que se otorga a los valores paisajísticos del área explotable, a pesar de la elevada visibilidad que tiene la explotación en una zona que pretende fomentar el paisaje como recurso turístico.

El actual método de explotación no favorece la reducción del impacto paisajístico, ni posibilita la restauración y apantallamiento de los bancos una vez agotados. Buena prueba de ello es la falta de recuperación paisajística de las zonas explotadas en la actual cantera.

  Por no tener y para minimizar y atenuar el impacto paisajístico tan elevado que hay, se debería haber realizado un apantallamiento arbóreo que no se ha hecho.

 

TERCERA: Impacto sobre la flora y fauna

 

No se presenta en el estudio de impacto ambiental ningún tipo de censo de los vertebrados presentes en el área de ampliación limitándose a una revisión bibliográfica de estudios anteriores, situación que invalida en su gran mayoría las conclusiones obtenidas en cuanto al impacto sobre la fauna de la ampliación de la cantera.

 

Por otro lado, hay que constatar la presencia (que no ha sido tenida en cuenta en el informe), a menos de 500 metros de la zona de intervención propuesta, de un roquedo con una abundante colonia de buitres (Gyps fulvus) y alimoches (Neophron percnopterus), esta última especie recogida como de especial interés en el Decreto 32/1990, de 8 de marzo, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias (BOPA 75, de 30 de marzo de 1990). El efecto del ruido provocado por las voladuras y el polvo emitido pueden ser muy negativos sobre dicha colonia sobre todo en la época de cría.

 

También se ha constatado la presencia del lobo, calificado en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias como especie singular, en las inmediaciones del cercano pico Yosorio que podrían verse afectada.

 

CUARTA:  Impacto en las aguas

 

En la actual explotación  es manifiesto que el  actual tratamiento  de las aguas del proceso es claramente insuficiente. Hay que recordar que es obligatorio tener dos balsas con varios cuerpos de decantación de las aguas residuales y que estas deben mantenerse limpias de lodos, para evitar que las aguas se viertan con sedimentos.

En la actual explotación el agua que se utiliza se capta del río Riosa, sin valorarse el impacto de esta captación en las épocas de estío a pesar de su incidencia.

Como se puede comprobar, en la actual no queda garantizado si las aguas de escorrentía recogidas en el interior de la explotación se tratarán con carácter previo a su incorporación al sistema natural de circulación de aguas de escorrentía; así, se puede ver cuando llueve cómo el agua cargada de sedimentos es vertida al río colindante.

Hay que recordar la obligatoriedad de que existan cunetas perimetrales en la explotación para evitar que el agua entre en la explotación, y estas tienen que limpiarse con la periodicidad necesaria y, en todo caso, una vez al año, aquí resulta manifiesto que no se hace.

No se valoran el fuerte impacto que suponen los continuos vertidos de sedimentos de la actual explotación en el cauce y el impacto que suponen estos para la fauna y flora del río.

QUINTA: Impacto en el aire

Las canteras tienen numerosos puntos capaces de producir emisiones de contaminantes a la atmósfera, que deben disponer de los correspondientes sistemas de protección, captación y depuración, que garantizarán el cumplimiento de los niveles de emisión previstos en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y demás normativa vigente en materia de contaminación atmosférica. En todo caso, en el entorno de la explotación, se garantizará el cumplimiento de los niveles de inmisión. La actual no las cumple.

La actual no cumple que las zonas de tránsito de vehículos se acondicionarán a fin de evitar las emisiones difusas de polvo, que se dotarán de firmes adecuados y que se establecerán sistemas de riego. La salida de vehículos desde el área de explotación a las carreteras de uso público se realizará previo paso por un sistema de limpieza de los vehículos y sus neumáticos. Los vehículos se dotarán de sistemas y prácticas que eviten pérdidas de carga.

La actual no tiene los almacenamientos de material protegidos de la acción del viento. Tampoco dispone de sistemas de humectación o cubrición para evitar el levantamiento de polvo en situaciones meteorológicas adversas.

Se superan los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad. Se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona minera se ajusten a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias.

 

SEXTA: Impacto sobre el Patrimonio Arqueológico y Cultural

 

A pesar de la presencia  de materiales potencialmente fosilíferos como la Formación Naranco o la Formación Caliza de Montaña en la zona de intervención no se plantean las actuaciones necesarias para la protección de dicho Patrimonio Cultural definidas en la ley 16/85 del Patrimonio Histórico Español (BOE 29, de 25 de junio de 1985), que han de incluir un seguimiento paleontológico periódico en el frente de extracción así como un protocolo de actuación ante la presencia de restos fósiles.

 

SÉPTIMA: Plan de restauración de la cubierta vegetal  

 

Se plantea como única opción la repoblación con especies alóctonas como el pino (Pinus pinaster),  genera una acidificación del suelo que impide el crecimiento de la vegetación potencial, destruye el hábitat de la fauna local adaptada al bosque plano-cadufolio y produce un impacto visual negativo sobre el paisaje. Además se trata de una especie pirófila que facilita la propagación de incendios. Solicitamos que a la hora de planificar dicha restauración se tenga en cuenta la vegetación potencial de la zona y sus asociaciones corológicas para emplear especies autóctonas.

 

OCTAVA: Medidas correctoras

 

No se contempla, en cuanto a medidas correctoras se refiere, el efecto de la cantera sobre las aguas del río Riosa ni sobre la vegetación de ribera formada casi exclusivamente por una aliseda eutrofa, formación muy sensible a la calidad del agua y a la contaminación.

 

NOVENA: Aceptación Social

 

En ninguna parte del expediente se detalla que los vecinos que viven en la zona conozcan con detalle el proyecto, o hayan aceptado esta ampliación a pesar de su afección directa sobre sus vidas.

 

           

Es por lo que SOLICITA:

 

Se tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenerme por comparecido en el expediente y por formuladas las alegaciones por las que solicitamos que no se autorice esta ampliación.

 

           

           

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies