Solicitud Tranformador Boal (04/03/2016)

Ayuntamiento de Boal

Plaza del Ayuntamiento s/n

33720 Boal

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE

 

 

PRIMERA.- Tenemos conocimiento de la existencia de un transformador de la mercantil Electra Viesgo antes Eon ubicada en la calle Melquiades Álvarez en la comunidad de viviendas el Pasadoiro de Boal.

 

SEGUNDA.- En los últimos meses se han producido cambios sustanciales en dicho transformador con un aumento de la potencia.

 

No consta que se tramitara licencia municipal para dicho cambio, solo se solicito licencia municipal de obras de conservación del local donde está ubicado, pero no de la ampliación de la potencia.

 

Hay que recordar que los vecinos se vienen quejando de los ruidos, explosiones y de los campos electromagnéticos de baja frecuencias de dicha instalaciones que son colindantes a sus viviendas.

 

TERCERA.- No nos consta que dicho cambios sustanciales del centro de transformación al lado de las viviendas se haya realizado de acuerdo al Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas que es el Decreto 2014/1961 en adelante Raminp.

 

Si tenemos conocimiento que por parte de la Dirección General de Prevención y Control Ambienta del Principado de Asturias se les comunicaron estos hechos sin que se hayan subsanado en tiempo y forma.

 

CUARTA.- La instalación de esta transformador de media tensión supone una intromisión injustificada en la vida privada y un peligro potencial para la salud de las familias colindantes, algunas con viviendas a escasos metros de este centro de transformación, que no tienen obligación jurídica de soportar, situaciones tales como:

 

  1. Daño patrimonial. Al devaluarse el valor de las viviendas del edificio en el que se ubica esta instalación, y de los edificios colindantes.

 

  1. Daño físico. Derivado de las posibles enfermedades y trastornos físicos que puedan causar los campos electromagnéticos de baja frecuencias que de forma continuada reciban los residentes del inmueble y vecinos colindantes al centro de transformación.

 

  1. Daño moral y psíquico. Precisamente porque no existe actualmente certeza científica, la incertidumbre y el daño moral que se puede producir a determinadas personas, al obligarlas a vivir cerca de esta posible fuente de riesgo, es algo contrastable y reconocido ya por los tribunales españoles, que han reconocido en sentencias que “quien se lucra y obtiene un beneficio por una determinada instalación o actividad que tenga riesgos usuales y reglamentariamente previstos, ha de soportar las consecuencias de los daños y perjuicios que sean susceptibles de generarse, incluso en el caso de un uso correcto del servicio”.

 

Es por lo que SOLICITAMOS:

 

  • Que se nos informe si el Ayuntamiento tiene aperturado algún expediente sancionador por realizar las obras de ampliación sin licencia.

 

  • Que se proceda informarnos porque se autorizo obras a la empresa eléctrica en el centro de transformación careciendo del trámite del Raminp a pesar del riesgo que supone para los colindantes esta instalación.

 

  • Que se nos informe si hay previsto trasladar este transformador a otra zona de Boal que este alejada de viviendas para evitar la contaminación que ahora mismo sufren los vecinos colindantes.

 

 

Y se tenga por presentada la presente solicitud y se conteste a la misma en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

En Avilés a 4 de marzo de 2016

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.