Planta de biomasa de Hunosa (2013)

Dirección General de Minería y Energía
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética
Expediente: Ripre-254
Plaza de España 1-3º planta
33007   Oviedo
                                                         

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF 33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N.

Con motivo del trámite de nformación pública relativa a solicitud de autorización administrativa y evaluación preliminar de impacto ambiental de instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial. Expte. RIPRE-254 que promueve la sociedad Hulleras del Norte S.A. publicado en el Bopa del 5 de agosto de 2013

EXPONE:

Sorprende que al poco de anunciarse por la empresa HUNOSA este proyeto, desde el Principado se quiera aprobar ya el tramite ambiental sin someterlo a consultas previas como se hizo con el resto de centrales de biomasa (mas pequeñas que esta), con una simple EPIA en pleno agosto.

Dirección General de Minería y Energía
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética
Expediente: Ripre-254
Plaza de España 1-3º planta
33007   Oviedo
                                                         

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF 33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N.

Con motivo del trámite de nformación pública relativa a solicitud de autorización administrativa y evaluación preliminar de impacto ambiental de instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial. Expte. RIPRE-254 que promueve la sociedad Hulleras del Norte S.A. publicado en el Bopa del 5 de agosto de 2013

EXPONE:

Sorprende que al poco de anunciarse por la empresa HUNOSA este proyeto, desde el Principado se quiera aprobar ya el tramite ambiental sin someterlo a consultas previas como se hizo con el resto de centrales de biomasa (mas pequeñas que esta), con una simple EPIA en pleno agosto.

El Proyecto de referencia tiene por objeto la instalación de una central de biomasa para generación eléctrica a de biomasa forestal con una potencia térmica de 49,9 MWt con una turbina de vapor que utilice como combustible principal biomasa  que estiman en 128.000 toneladas al año, procedente de aprovechamientos Forestales de acuerdo con el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

No hemos podido acceder al proyecto por las dificultades que pone el Principado para que las organizaciones sociales podamos conocer estos, al no colgarlos de la web, no facilitar copias por correo electronico, solo se puede ver el expediente en Oviedo en horario de mañana.

Primera. Contexto global.

La actividad forestal y maderera genera una importante cantidad de residuos, que pueden utilizados como combustible para la generación de energía eléctrica.

No sabemos si en el estudio presentado  se cuantifica cuantos residuos forestales se precisan para el funcionamiento, ni las fuentes de aprovisionamiento de estos.

Tampoco sabemos si se concreta si habra otros combustibles de apoyo o alternativos, cual sera la procedencia de estos.

 
Segunda. Emplazamiento.

Tal como exige el R.D.L. 1/2008, deberán plantearse varias alternativas viables de diseño del proyecto por parte del promotor, para cada una de las cuales se
estudiará el nivel de afección, eligiendo aquella alternativa que resulte menos
agresiva con el medio.

Se propone como emplazamiento el poligono industrial de Reicastro de Mieres, como unica opción, desconociendo las razones de ese emplazamiento.

Tercera. Impacto en el entorno.

 Es preciso que  se presenten estudio alguno meteorologico y de dispersión de contaminadores primarios generados en la combustión, asi mismo es necesario  se nos indique los valores de  la calidad del aire actual en la zona que son fundamentales para valorar la idoneidad de la instalación y de su ubicación, hay que recordar que es una planta de combustión de biomasa.

Es preciso detallar el tratamiento previsto para las aguas de proceso.  Si hay alternativas diferentes para abastecerse de agua bruta.

Es necesario saber que tratamiento se va producir a las escorias y cenizas producidas.

Tambien es necesario  que se lleven a cabo muestreos específicos en la zona de afección del proyecto sobre la flora y fauna, realizados por profesionales con experiencia en ese campo y en la época adecuada para poder llegar a conclusiones válidas. Así como un listado de medidas para minimizar los posibles impactos.

Cuarta. Impacto a la población.

La distancia a los núcleos de poblacion es fundamental en cuanto incide sobre la problemática acústica generada por la instalacion y por la proximidad de las emisiones admosfericas.

 En este tipo de proyectos, y más si cabe en este caso concreto, existe la necesidad de realizar un estudio completo y detallado de acústica ambiental. Y un plan de control acústico en todas las fases del proyecto, con una adecuada planificación de los muestreos.

Quinta. Impacto en el paisaje.

El impacto sobre el paisaje debe ser estudiado considerando la cuenca visual
del conjunto de instalaciones proximas ubicadas en estos emplazamientos, no solo la planta si no el de las instalaciones auxiliares. En este caso en la memoría no se detalla datos fundamentales para valorar el impacto en el entorno que son las alturas y dimensiones, de chimeneas, silos, zona de turbinas, torres de refrigeración, etc.

Por eso, de acuerdo al Convenio Europeo del Paisaje, es preciso un estudio detallado de éste atendiendo a la recomendación CM/Rec (2008) 3 del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre las orientaciones para la aplicación del Convenio Europeo del Paisaje, que establece en su Anexo I, apartado 4 sobre “Estudios de impacto y paisaje” que:

Los procedimientos de estudio de impacto –evaluación de impacto ambiental (EIA) y evaluación ambiental estratégica (EAE) –, previstos por la Unión Europea para evaluar las consecuencias de los proyectos de ordenación sobre el medio ambiente, son instrumentos enormemente útiles para estudiar los efectos directos e indirectos de los proyectos sobre los lugares y para precisar las medidas proyectadas para evitar o reducir estos efectos, en caso necesario. Estos procedimientos pueden ser utilizados igualmente en Estados que no sean miembros de la Unión Europea. No obstante, la experiencia existente muestra la frecuente insuficiencia de las modalidades de análisis y evaluación de la dimensión paisajística, que a menudo es considerada como tema sectorial adscrito a los componentes ambientales (aire, agua, suelo), tratado en muchos casos mediante indicadores cuantitativos. Por tanto, es necesaria una verdadera evaluación cualitativa de los efectos de los proyectos de ordenación sobre el paisaje.
Un cambio en el contenido de estos procedimientos resulta indispensable para favorecer una lectura global e integrada de los lugares a través de los diferentes puntos de vista.
Es indispensable introducir los objetivos de calidad paisajística (planes de paisaje, planes de ordenación del territorio con contenido paisajístico, etc.) en los estudios de impacto para asegurar proyectos lo más coherentes posible con esos objetivos.
Es, en todo caso, indispensable prever intervenciones de atenuación y compensación de los eventuales efectos negativos de los proyectos de transformación sobre los espacios, desde el punto de vista del paisaje y el medio ambiente (integración de los dos puntos de vista).

Sexta. Impacto territorio.

Las construcciones y edificaciones que se realizan tiene que integrarse paisajisticamente, utilizando materiales en consonancia con el entorno, tiene que disponer de saneamiento de las aguas residuales que se generen, una vez que el poligono no esta construido de momento, por lo que no hay depuradora ni previsiones a corto plazo.

Hay que tambien tener en cuenta los accesos para la instalación, por la particularidad de estas el impacto del parque de materia prima se debe valorar que debe estar protegido de la acción de viento.

Séptima.  Aceptación social del proyecto.

Es perceptivo realizar el  trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

Para ello deberán realizarse sondeos en los colectivos afectados vecinos cercanos. Se recomienda el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas  generados por la instalación proyectada.

Octava. Impactos acumulativos.

Resulta necesario estudiar la posible acumulación de impactos o los efectos sinérgicos producidos como consecuencia de esta planta y las otras similares que hay en Asturias y las proyectadas. Así como del impacto de las actividades de aprovechamiento y cultivo  del material utilizado como combustible.

Es por lo que SOLICITA:

Que se dé por presentado este escrito, se tenga por formuladas, en tiempo y forma, las alegaciones que constan en el cuerpo del mismo, con la finalidad de que sean tenidas en cuenta en el procedimiento de referencia y especialmente en la resolución del mismo.

Que se declare nulo de pleno derecho el expediente que desarrolla la evaluación  preliminar de impacto ambiental del proyecto por las deficiencias del tramite seguido.

Resolviendo la eventual desestimación de todas o alguna de las alegaciones presentadas adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica.

 

En Avilés a 24 de agosto de 2013

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies