Denuncia vertedero de Trubia (25/08/20)

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

    

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el e-mail correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente , ante la Fiscalía del Tribunal de Justicia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que a medio de este escrito formulo DENUNCIA frente a quien resulte ser responsable del siguiente HECHO;

Hemos recibido información sobre la presencia de un vertedero incontrolado en la margen derecha del río Nalón en las proximidades de la localidad ovetense de La Barquera. El vertedero está contiguo a la carretera AS 233  (Trubia-Avilés) en las coordenadas  43´21´27.9´N  5´57´36.O´´W y nos consta que lleva años permitiéndose.

Se puede comprobar la variedad de residuos existentes en el mismo; urbanos, voluminosos, electrodomésticos… con el correspondiente riesgo de contaminación del subsuelo y de las aguas fluviales, ya que con el tiempo los residuos acaban cayendo al río por gravedad. 

La gestión de los residuos es una competencia municipal, por lo que resulta evidente que el Ayuntamiento de Oviedo no ha procedido al control del referido vertido, ni realizado la obligada retirada de los residuos y derivación de los mismos a un gestor autorizado, ni decretado la clausura del vertedero, colocando la correspondiente señalización tras la limpieza de lugar, lo que podría dar lugar a responsabilidades penales por omisión del deber de evitar el delito de incendio forestal.

La parcela donde se encuentra el vertedero es propiedad de la sociedad pública ADIF, que debería tomar las medidas necesarias para evitar este vertido continuado, vertido que llevamos años denunciando por su elevado impacto ambiental.

 

 Y por lo expuesto, formulamos la presente SOLICITUD de INFORMACIÓN AMBIENTAL   al amparo de lo establecido en los arts. 5, 10 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

– Qué se retiren los peligrosos residuos allí vertidos, derivándolos para su correcta gestión a un gestor autorizado.

 

-Qué se señalice la zona para evitar más vertidos o se le dote de cierre perimetral, para evitar los vertidos.

 

-Que se investigue para determinar la autoría de los vertidos y en su caso se sancione a los responsables de los mismos.

 

Y asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el expediente que se inicia a medio de la presente solicitud. 

 

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente que se pueda abrir al efecto.

 

En Avilés a 25 de agosto del 2020

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

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