Dragan el Nalón en Trubía sin tramite ambiental (27/08/20)

NOTA DE PRENSA

Por noticias aparecidas recientemente en los medios de comunicación nos enteramos del comienzo de unas obras de “acondicionamiento del cauce del río Nalón en las inmediaciones de la localidad de Trubia”. Según la información aparecida en dichos medios, y posteriormente colgada en la web de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC), las obras consistirán en la tala de arbolado no autóctono (chopos) y el dragado de un importante volumen de sedimentos del cauce del río, parte de los cuales se depositarán en la margen izquierda del mismo.

Hay que recordar que estas importantes actuaciones se están llevando a cabo en la Zona de Especial Conservación del Río Nalón, un espacio incluido en la Red Natura 2000 por albergar hábitat y especies de interés comunitario, incluidos en los anexos I y II de la Directiva 92/43/CEE, de Hábitat, y especies de aves del anexo I de la 2009/147/CE relativa a la conservación de las aves silvestres.

 

En el espacio en que se están llevando a cabo las obras hay formaciones de Alisos, especie que conforma un hábitat considerado prioritario por la Directiva 92/43/CEE. También hay presencia de especies de la Red Natura como el salmón atlántico, la lamprea marina, la boga de río, la colmilleja, el desmán ibérico, la nutria, la garza real, el ánade real y el martín pescador entre otras.

No nos consta que estas actuaciones hayan sido sometidas a un proceso previo de información pública ni tramitación ambiental como sería preceptivo en un espacio con este nivel de protección. En el propio Instrumento de Gestión de de la ZEC río Nalón se estipula que “Deberán someterse al trámite de evaluación ambiental y/o al trámite Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental todas aquellas actividades, instalaciones y proyectos, y todos aquellos planes y programas expresamente no prohibidos en el presente Instrumento”. Trámites que también vienen recogidos en el Plan de Gestión de Riesgos de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, que subordina las medidas planteadas en los planes de gestión del riesgo de inundación a la obligación del cumplimiento de los objetivos ambientales definidos en los planes hidrológicos, los cuales a su vez, están íntimamente relacionados con los objetivos de protección y conservación establecidos para los espacios de la Red Natura 2000.

Entendemos que no es aceptable esta absoluta falta de transparencia en la gestión de un bien público y menos aún cuando se trata de un espacio de un alto valor medioambiental y con, en teoría, un elevado grado de protección.

Por otro lado, entendemos que la acumulación de depósitos en esta zona del río viene originada por la presencia de un embalse (El Furacón) que provoca la reducción de la velocidad de la corriente al llegar a la zona embalsada y el depósito por gravedad muchos de los materiales que arrastra el río, llegando a formarse con el paso del tiempo la isla que hay actualmente en la cola de dicho embalse.

No parece razonable cargar al erario público los gastos originados por unas actuaciones encaminadas a solucionar un problema generado por la presencia en el río de unas instalaciones de generación de energía eléctrica gestionadas y explotadas comercialmente por una empresa privada. Empresa que además obtiene pingües beneficios de la explotación de un recurso público como es el río.

Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

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