Alegaciones obras San Andres de los Tacones (04/01/19)

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

Expediente: A/33/40356.

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho.

Con motivo de información de la autorización de las obras de reparación de la presa de San Andrés de los Tacones sobre el rio Aboño en el concejo de Xixón por parte de  ArcelorMittal España, S.A. publicada en el Bopa del 7 de diciembre del 2018

EXPONEMOS:

Primero.-

Estamos hablando de unas importantes obras en un espacio natural como es el embalse de San Andres de los Tacones  que es Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), que es refugio de numerosas especies protegidas por lo que se debe trabajar para minimizar el impacto sobre ellas, de manera significativa en las fases más sensibles;

 — Vaciado del embalse.

— Impermeabilización del paramento de la presa.

— Reparación y sustitución de componentes mecánicos y eléctricos.

— Mejoras en el entorno y reposición de condiciones iniciales: adecuación de accesos peatonales al embalse, etc.

 

Segundo.-

 El plan de obra establece como mes 1 del proyecto diciembre de 2019, mientras el diagrama de barras en el que se definen los tiempos asignados a cada una de las actividades asigna como mes 1 diciembre de 2018.

El periodo de duración de la obra estimado son quince meses, tiempo que parece excesivo y que es necesario acortar para reducir el impacto en los animales que habitan y descansan en este espacio.

Tercero.-

La evaluación de afección a la red Natura 2000, es como si de un manual se tratase para todos los embalses, no recoge las características de flora y fauna del embalse de San Andrés. Adjunto listado de las aves más significativas que les adjuntamos muchas de ellas protegidas y que se podrían ver afectadas.

Estas son las nidifican o lo han hecho de los que tenemos constancia;

 

Cerceta común (Anas crecca)

1 pareja en 1998 y 2 parejas 1999.

Libro Rojo de las aves de España en la categoría de “Vulnerable”.

Protección legal; UE Directiva Aves: Anexo II Convenios internacionales Convenio de Berna: Anexo III Convenio de Berna: Anexo II Convenio CITES: III Categorías UICN Autonómica: «vulnerable»  C2a(i); D1 (reproductora) LC (invernante). Estatal: «vulnerable» D2 [CR B2b (iii, v) c (iii, iv); C2a (i)+bb; D (2005). Europea LC. Mundial LC (2005)

Porron europeo (Aythya ferina)

1 hembra con pollos en 2009 y 2 hembras en 2008.

Protección legal UE Directiva Aves: Anexo II Convenios internacionales Convenio de Berna: Anexo III Convenio de Bonn: Anexo II Categorías UICN Autonómica «vulnerable» B2ac(ii, iii, iv); D (reproductora) LC (invernante). Estatal NE (2005). Europea En peligro – «vulnerable». Mundial LC (2005).

Porron moñudo (Aythya fuligula)

Confirma cría en 1998

Protección legal UE Directiva Aves: Anexo II Convenios internacionales Convenio de Berna: Anexo III Convenio de Bonn: Anexo II Categorías UICN Autonómica En B2ac(ii, iii, iv); C2b; D (reproductora) En Peligro (invernante). Estatal: En Peligro (2005) .Europea «vulnerable». Mundial LC (2004).

Zampullin común (Tachybaptus ruficollis).

8 parejas en 2002

 En el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas aparece como “De interés especial”.

Avetorillo común (Ixobrychus minutus).

2000 posible cría.

 Se incluye en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Milano negro (Milvus migrans)

Protección legal Autonómica CREA propuesto: «de interés especial-riesgo relativo». Estatal CNEA: «vulnerable». UE Directiva Aves: Anexo I Convenios internacionales Convenio de Berna: Anexo II Convenio de Bonn: Anexo II Convenio CITES: II Autonómica RE (reproductora) NE (invernante). Estatal EN A2ab+4ab (2004). Europea LC. Mundial NT (2005)

Rascon europeo (Rallus aquaticus).

La pérdida de humedales o su degradación, ya sea por contaminación, drenajes o canalizaciones, son los principales problemas a los que se enfrenta la especie y que han causado la disminución de algunas de sus poblaciones. En todo caso, se trata de un ave bastante desconocida, tanto en lo relativo a sus efectivos como en lo que respecta a sus localidades de cría, por lo que sería conveniente profundizar en el conocimiento de estos
aspectos de su biología.

Avión zapador (Riparia riparia)

Protección legal Autonómica CREA actual: «de interés especial» CREA propuesto: «vulnerable». Estatal CNEA: «de interés especial» Convenios internacionales, Convenio de Berna: Anexo II Autonómica «vulnerable»B2b(v)c(iii); C2b (reproductora). Estatal: EN PELIGRO (2004). Europea: Preocupación menor. Mundial: Preocupación menor (2005).

Justificación de los criterios: Es una especie que muestra poblaciones fragmentadas en Asturias debido a sus requerimientos de hábitat. En el pasado se vio afectada negativamente por la canalización de ríos. También se ve afectada por el uso de pesticidas y por las sequías en sus zonas de invernada.

Plan de Manejo del Avión zapador en el Principado de Asturias (Decreto 60/93, de 1 de julio; BOPA 13/08/1993)

Carricerin común (Acrocephalus schoenobaenus)

1 pareja en 1999

 En el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas aparece como “De interés especial”.

Cerceta carretona (Anas querquedula).

Parejas vista en época de cría, puede que a migrantes prenupciales.

Se incluye en el Libro Rojo de las aves de España en la categoría de “Vulnerable”.

Somormujo lavanco (Podiceps cristatus)

Nidificador habitual.

En el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas aparece como “De interés especial”.

Ánade azulón  (Anas platyrhynchos)

Nidificador habitual.

Gallineta común (Gallinula chloropus)

Nidificador habitual.

Focha común (Fulica atra)

Nidificador habitual.

Aves habituales en el embalse.

Porrón pardo (Aythya nyroca)

Es una especie que está en peligro crítico a nivel nacional (Green, 2005), y teniendo en cuenta que la mayoría de los individuos que invernan en España son los que se reproducen en la mitad sur peninsular, se mantiene esta categoría para Asturias, donde durante los últimos años invernan de forma regular unos tres individuos.

Protección legal Autonómica CREA propuesto: «en peligro de extinción». Estatal CNEA: «en peligro de extinción». UE Directiva Aves: Anexo I Convenios internacionales Convenio de Berna: Anexo III Convenio de Bonn: Anexo I Categorías UICN. Autonómica: EN PELIGRO CRÍTICO D. Estatal: EN PELIGRO CRÍTICO B2ab(iii, v); C2a(i, ii); D (2005). Europea: «Vulnerable» A2b (2004). Mundial: Casi amenazado A2c, d: A3c, d (2004)

Martín pescador común (Alcedo atthis ispida)

Protección legal Autonómica CREA propuesto: «de interés especial-indicador». Estatal CNEA: «de interés especial» UE Directiva Aves: Anexo I Convenios internacionales Convenio de Berna: Anexo II Categorías UICN Autonómica «vulnerable» D1 (reproductora) EN PELIGRO (invernante). Estatal: Casi amenazado (2004). Europea: Preocupación menor (2004). Mundial: Preocupación menor

Avión zapador (Riparia riparia)

Nidificador habitual.

Cuarto,-

La conclusión del estudio que se verá afectado el 0% de este espacio es falsa, lo que demuestra la falta de rigor que tiene. El documento es un mal intento de minimizar el impacto de las obras sobre la ZEPA. No se tienen en cuenta especies presentes en el embalse y por lo tanto ninguna medida para minimizar el impacto de la obra sobre ellas, como son;

-Nutria (Lutra lutra) que está incluida como especie vulnerable en el Libro Rojo de los Vertebrados Españoles, catalogada como de "interés especial" y protegida por el Convenio Internacional CITES.

Entre los reptiles, tres ausencias significativas de especies que sabemos que están presentes; pudiendo ser algunas más las que no se contemplan en el estudio.

-Culebra de collar (Natrix natrix)

-Víbora de Seoane – Vipera seoanei

-Lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi) presente en los márgenes del embalse, es especiamente sensible a la destrucción de riberas, la tala de sotos fluviales y la destrucción de setos; sin que se contemple medida alguna para minimizar su impacto.

-La colonia de Avión zapador (Riparia riparia) que nidifica en el estribo Izquierdo de la cabecera del embalse, se verá afectada por las obras de desmontaje, instalación de compuertas, equipos mecánicos y eléctricos, andamiajes y por la utilización del cuenco amortiguador como desarenador. Los tiempos para la realización de estas obras no debieran de coincidir con el periodo de reproducción de esta especie, de marzo a junio.

O en su caso, se debiera de construir un talud de forma piramidal cercano a la laguna, de tierra arenosa o arenolimosas con partículas finas como sustrato y la realización de señuelos en las distintas orientaciones de los taludes, estos señuelos consisten en pequeños agujeros (5,5 cm de diámetro) de escasa penetración (<10 cm). Se deberían de limpiar los tubos de drenaje de los muros de hormigón para usarlos esta colonia.

Quinto.-

No se contempla con claridad el rastreo y la eliminación de los Galápagos de Florida y no está suficientemente claro lo que se hará con el gran número de carpas existentes.

Tambien sería necesario un compromiso de al menos dos años después de acabas las obras de seguimiento del plumero de la Pampa para su extinción en el embalse, teniendo en cuenta que las obras pueden contribuir a su expansión.

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación

 

En Avilés a 4 de enero de 2019

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies