Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
Dirección General de Calidad Ambiental
C/ Coronel Aranda nº 2
33005 Oviedo
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26–Q de Villalegre en Avilés 33403, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34, sección segunda, con Cif – 33247891 y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N en calidad de presidente.
COMPARECE Y DICE:
Venimos comprobando como salen aguas residuales por el colector que recoge las aguas de la antigua depuradora de Peroño en Luanco y que tendrían que estar siendo bombeados a la depuradora de Macua. En cambio, se están vertiendo directamente al mar desde hace año, con la consiguiente contaminación de la zona.
Entendemos que estos hechos suponen un claro delito cometido por el Ayuntamiento como entidad responsable de acuerdo a la Ley Orgánica 10/1995, al haberse producido por negligencia un riesgo grave para el equilibrio de los sistemas naturales, acrecentado con la contaminación que padece la zona.
Por todo ello,
SOLICITO que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados a las diferentes mercantiles autoras de la realización de los vertidos ilegales, dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.
OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITO la siguiente información ambiental:
-Se inspeccionen en profundidad estos hechos y se abra/n el/los correspondiente/s expedientes sancionadores a quien corresponda bien sea por vertidos no autorizados o por vertidos autorizados incumpliendo las condiciones de dichas autorizaciones
-En caso de constatarse por su organismo que los hechos puedan ser constitutivos de delito penal, se dé traslado a la fiscalía correspondiente.
-Se nos considere como parte interesada en los expedientes que pudiera haber relacionados con estos hechos.
-Se nos informe de los diferentes expedientes existentes vinculados a estos vertidos de esta explotación en los últimos años.
– Se nos informe de que obras están previstas acometer para evitar estos vertidos y en que plazos se van a ejecutar y por parte de quien.
-Se nos informe del desarrollo de esta denuncia en las correspondientes fases del procedimiento sancionador o penal que se puedan instruir desde ese organismo.
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Y por lo expuesto,
SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.
En Avilés a 1 de octubre de 2014
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.