Fiscalía de Medio Ambiente.
Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el e-mail: correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF-G33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N, ante la Fiscalía del Tribunal de Justicia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que a medio de este escrito formulo DENUNCIA frente a quien resulte ser responsable del siguiente
HECHO
En la carretera comarcal AS-35, entre el Km 18 y 17, en el Concejo de Villayón, se constata la existencia de un vertedero incontrolado de residuos. En los alrededores existen monte de frondosas (castaños, robles y abedules principalmente) y plantaciones Pino radiata y eucalipto, pero además hay en la zona madroños de buen porte que podrían resultar afectados si se desencadenara un incendio, toda vez que la zona es seca en verano y que la conducta que provoca el vertido denunciado infringe lo dispuesto en el Decreto 3769/1972 por el que se aprueba el Reglamento de Incendios Forestales y lo dispuesto en la Ley de Residuos.
Fiscalía de Medio Ambiente.
Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el e-mail: correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF-G33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N, ante la Fiscalía del Tribunal de Justicia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que a medio de este escrito formulo DENUNCIA frente a quien resulte ser responsable del siguiente
HECHO
En la carretera comarcal AS-35, entre el Km 18 y 17, en el Concejo de Villayón, se constata la existencia de un vertedero incontrolado de residuos. En los alrededores existen monte de frondosas (castaños, robles y abedules principalmente) y plantaciones Pino radiata y eucalipto, pero además hay en la zona madroños de buen porte que podrían resultar afectados si se desencadenara un incendio, toda vez que la zona es seca en verano y que la conducta que provoca el vertido denunciado infringe lo dispuesto en el Decreto 3769/1972 por el que se aprueba el Reglamento de Incendios Forestales y lo dispuesto en la Ley de Residuos.
Hay que recordar que la gestión de los residuos es una competencia municipal, por lo que resulta evidente que el Ayuntamiento de Villayón no ha procedido al control del referido vertido procediendo a la obligada retirada de los residuos y derivación de los mismos a un gestor autorizado, decretando la clausura con la correspondiente señalización tras la limpieza de lugar, lo que podría dar lugar a responsabilidades penales por omisión del deber de evitar el delito de incendio forestal.
Y por lo expuesto,
SUPLICO a la Fiscalía que tenga por presentado este escrito y por formulada denuncia por el hecho relatado si fuera constitutivo de delito frente a quien resulte ser el responsable del mismo, decretando la apertura de Diligencias de Investigación.
En Avilés, Asturias, a 19 de abril del 2013
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies