Venta de salmonidos (02/06/18)

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Primera.-

En las últimas semanas han aparecido en varios medios de comunicación informaciones en las que los empresarios turísticos, asociaciones de restaurantes y de hostelería, y varías sociedades de los pescadores reconocen que más del 50% de los salmones pescados en Asturias acaban vendiéndose a la hostelería como son el caso de las sociedades de La Socala del Esva y El Banzao de Tineo, la sociedad Las Mestas del Narcea eleva hasta este porcentaje hasta el 80%.

Esto se suma a la venta continua que se hace también de las truchas y reos asturianos, con el grave impacto que supone para la conservación de estas especies cada vez más amenazadas en los ríos.

Segunda.-

La actual normativa de pesca vigente Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales, dice:

Artículo 20. Comercialización. Se prohíbe la comercialización de cualquier especie piscícola, con excepción de los ejemplares procedentes de los centros de acuicultura debidamente autorizados.

Artículo 50. Infracciones graves.

q) La comercialización de ejemplares de especies piscícolas, salvo cuando procedan de centros de acuicultura en los términos establecidos en el artículo 20 de esta Ley.

 

Artículo 54. Sanciones.

Las infracciones a que se refieren los artículos anteriores darán lugar a la imposición de las siguientes sanciones:

a) Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 60 a 600 euros.

b) Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 601 a 6.000 euros y retirada e inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un plazo de un año. Cuando alguna de estas infracciones haya sido cometida con ocasión del ejercicio de actividades industriales o de comercialización de especies piscícolas, se podrá suspender su ejercicio por igual lapso temporal.

c) Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 6.001 euros a 300.000 euros y retirada e inhabilitación para obtener la licencia de pesca de un año y un día a cinco años. Cuando alguna de estas infracciones haya sido cometida con ocasión del ejercicio de actividades industriales o de comercialización de especies piscícolas, se podrá suspender su ejercicio por igual lapso temporal.

Sorprende que a pesar de esa prohibición vigente, se lleve años de  venta de los salmónidos de los ríos asturianos con el silencio del Principado por eso no deja de ser sorprendente, que pescadores y hosteleros reconozcan estos graves hechos que parece que no tienen ninguna consecuencia legal en función de sus declaraciones.

 

Tercera.-

Esta venta de peces de forma ilegal se está haciendo sin ninguna garantía sanitaria, con el peligro que supone para los consumidores finales que desconocen la procedencia irregular de estos alimentos.

Y por lo expuesto, formulamos la presente SOLICITUD de INFORMACIÓN AMBIENTAL   al amparo de lo establecido en los arts. 5, 10 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

– Qué controles hay sobre estas ventas que reconocen pescadores y hosteleros públicamente.

– Cuántos pescadores fueron sancionados el pasado año por la venta, de salmones, truchas y reos de los ríos asturianos.

– Cuántos hosteleros fueron sancionados el pasado año por la compra, de salmones, truchas y reos de los ríos asturianos

– Quién auditó la veracidad de la procedencia y las garantías sanitarias de los salmones, truchas y reos de los ríos asturianos en la carta de varios restaurantes.

– Se están comprobando entre las diferentes administraciones este delito con un recurso natural cada vez más escaso.

Y asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

Por la presente también  queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

 

En Avilés a 4 de junio del 2018

 

 

 

 

Fdo: Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies