Sugerencias ALGILVI S.A Avilés

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Dirección General de Prevención y Control Ambiental

Expediente IA-IA-0432/15

C/ Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico; correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Que a medio de este escrito, dentro del plazo de treinta días concedido al efecto por el escrito del sometimiento a consultas del proyecto básico de almacén y clasificación de carbones por parte de la empresa ANGILVI S.A. a ubicar entre muelles Raíces y Avenida la Playa en el puerto de Avilés en el concejo de Castrillón venimos a formular las siguientes sugerencias.

 

 

 EXPONE:

 

Primera. Contexto global.

 

Estamos hablando de ampliar una instalación contaminante que tiene ahora Combustible Vitoria sobre 17.000 m2 quien llegar a los 28.000 m2 de consección publica en el sitio donde el aire es el mas contaminado de Asturias de acuerdo a los datos de la estación de control de la contaminación de las Arrobias, lo que no deja de ser sorprendente si el objetivo es mejor la calidad del aire de los vecinos que viven en esa zona contaminada.

 

 En esta zona han sido también numerosas las denuncias realizadas por los impactos de la manipulación de carbones que se hacen a la altura del muelle de Raíces de los que son responsables subsidiarias la Autoridad Portuaria, por eso no deja de sorprender que una vez que se esta desarrollando el Plan para la mejora de la calidad del aire en la zona central ES0302 Central de Asturias en esa zona se quiera ampliar una actividad muy contaminante en el mismo lugar.

En el Puerto de Avilés se viene incumpliendo de forma continúan en los últimos años las Buenas Prácticas en el Manejo de Graneles Sólidos del Puerto de Avilés del año 2007, lo cual no resulta un buen antecedente.

 

En el proyecto presentado, hay previsto una serie de mejoras, para paliar los problemas de la actividad:

 

1. Riego con 3 cañones para lavado pilas y con camiones cuba para los viales, usando tenso activos y floculantes.

2. Instalación de un lavaruedas para los camiones.

3. Instalación de sistemas telescópicos de carga y descarga.

4. Instalación de grifos inyectores en instalaciones.

5.Carenado y capotado de cintas y maquinas.

6. Limitación de velocidad en todo el recinto a 10 Km/h.

7.Recribaje por vía húmeda

8. Traslado de todas las aguas del proceso a la planta del Puerto de desarenador-desengrasador

9. 3 balsas de decantación de aguas contaminadas por solidos.

10. Fosa séptica + Pozo filtrante para las aguas negras por que el puerto no tiene saneamiento.

11. Instalación de módulo de residuos. Retirada por gestor autorizado. Evitar mezcla de residuos.

12. Cierre perimetral con unos separadores prefabricados de hormigón de 5 y 2 metros de altura

 

Del estudio de las medidas propuestas, parecen claramente insuficientes para aminorar el fuerte impacto de la actividad en una zona muy contaminada y humanizada.

 

Segunda. Emplazamiento.

 

Tal como exige el RDL. 1/2008, deberán plantearse varias alternativas viables de emplazamiento del proyecto por parte del promotor, para cada una de las cuales se estudiará el nivel de afección, eligiendo aquella alternativa que resulte menos agresiva con el medio. Solo se habla de dos alternativas en la misma parcela.

 

 

En el estudio no se presentan alternativas diferenciadas del emplazamiento solo se da una que impone la Autoridad Portuaria que es la del Muelle de Raíces sin detallar porque solo se da esta en un puerto claramente infrautilizado, esta única opción de emplazamiento incumple la normativa, ya que lo que precisa es que del estudio de impacto ambiental se decida el emplazamiento mas adecuado.

 

No se da la opción de alternativa Cero.

 

 

Tercera. Impacto en el entorno.

 

Hay que valor los impactos asociados a las nuevas instalaciones de clasificación de carbones hay que recordar que en la actualidad, el puerto y sus alrededores tienen miles de vecinos viviendo muchos de ellos a menos de 1000 metros con los impactos que supone para ellos en el día a día esta molesta y peligrosa vecindad, que podemos resumir:

 

  • La contaminación del aire que padecen.

  • La contaminación acústica que padecen.

  • La caótica circulación de la zona, con una elevada siniestralidad motivada por el transito de vehículos pesados en zonas urbanas residenciales y los impactos asociados de este trafico (contaminación, ruido, etc.).

 

 En esta zona han sido también numerosas las denuncias realizadas por los impactos de la manipulación de carbones que quieren ampliar, por eso no deja de sorprender que una vez que se esta desarrollando el Plan para la mejora de la calidad del aire en la zona en esa zona se quiera poner una actividad muy contaminante en el mismo lugar.

Es notable el impacto de la actividad, no parece que las medidas previstas conlleven una notable mejoría del impacto de ella, al menos se precisarían estas:

 

– Para paliar dispersión del almacenamiento no hay más solución que su cobertura completa en una nave cubierta y con parámetros laterales suficientes que impida el efecto de dispersión del viento.

 

– Es preciso que zonas de carga y descarga cuente con parámetros laterales de suficiente altura para paliar el efecto del viento, nunca inferior a los 6 metros.

 

– Es preciso que todos los camiones que circulen desde el puerto a la planta o salgan de ella, vayan capotados y cubiertos para evitar la dispersión del polvo.

 

 

Cuarta. Impacto en la población.

 

– Resulta evidente los numerosos impactos que genera las actuales instalaciones en la población por las diferentes contaminaciones generadas en el Puerto, que pueden verse aumentadas por esta actividad por los riesgos asociados del manejo de mas graneles que generan importante material particulado en el almacenamiento y clasificación.

 

– La distancia es fundamental en cuanto incide sobre la problemática acústica generada por las instalaciones, que acumula numerosas denuncias por contaminación acústica. En este tipo de proyectos, y más si cabe en este caso concreto, existe la necesidad de realizar un estudio completo y detallado de acústica ambiental, aspecto que solo es tratado de forma somera y no como el necesario estudio acústico completo (basado en el suficiente número de toma de datos en el campo bajo las distintas situaciones meteorológicas que pueden darse) que es requerido. Falta igualmente un plan de control acústico en todas las fases del proyecto, con una adecuada planificación de los muestreos.

 

 

Quinta. Impacto en el paisaje.

 

No podemos olvidar que la planta proyectada se encuentra en la proximidad de 3 espacios naturales, sobre los que va tener una afección directa, en cuanto a dispersión de los materiales sedimentados que almacenados en la planta que van a contaminar estos espacios que son:

 

  • Monumento Natural de Zeluán y Ensenada de Llodero, Decreto 100/2002

  • Monumento Natural Playa del Espartal, Decreto 81/2006

  • Cabo Peñas, que es Zona Especial de Conservación Cabo Busto-Luanco (ES1200055), también es Zona de Especial Protección para las Aves Cabo Busto-Luanco (ES0000318) y también es Paisaje Protegido del Cabo Peñas Decreto 80/95.

 

Hay que tener en cuenta el efecto acumulativo y sinérgico de las numerosas instalaciones del Puerto de Avilés y la cuenca visual de estas instalaciones una vez operativas para la zona y el impacto en estos espacios naturales que esta a menos de 2 km.

Para minimizar el impacto visual hay que proceder a cerrar la zona de acopio mediante una pantalla vegetal que aminore la visión de la zona desde las carreteras cercanas.

 

Sexta. Impacto en el agua.

 

Las aguas de escorrentía va cargada de carbón, por lo que es preciso que se dote a la zona de cunetas perimetrales que converjan en dos balsas de decantación diferentes, que permita la recogida de estos lodos y su limpieza para cada balsa de forma independiente.

 

Las cunetas estarán dispuestas junto al cierre perimetral y se evacuaran dos balsas de decantación situadas, respectivamente, al norte y sur de la parcela, en las zonas de menor cota donde se ubicarán las citadas balsas de recogida y tratamiento. En la zona norte de la parcela se proyectan las cunetas en función de las pendientes existentes. Con carácter previo a la entrada de las aguas de escorrentía en las balsas, estas serán retenidas en sendas rampas de capacidad y dimensiones suficientes para que se pueda acceder a ellas, con maquinaria adecuada, para el vaciado de fangos, de esta forma se consigue que la cantidad de ellos que entran a las balsas sea menor. Una vez que el agua haya sido decantada y tratado en las balsas, y obtenga las condiciones de calidad necesaria, se reciclará para riego, se proyectan dos conexiones al norte y sur de la parcela.

 

 

Séptima. Aceptación social del proyecto.

 

 

Hay que recordar que es perceptivo realizar el trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

 

Para ello deberán realizarse sondeos en los colectivos de vecinos cercanos. Se recomienda el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas generados por la instalación proyectada.

 

 

SOLICITA que tenga por presentado este escrito y por formuladas las sugerencias que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

Se someta dicho proyecto a Procedimiento Reglado de Evaluación de Impacto Ambiental, con la inclusión dentro del necesario Estudio de Impacto Ambiental, además de lo todo prescrito en el RDL 1/2008, los siguientes aspectos:

 

  1. Justificación de la alternativa de ubicación seleccionada.

  2. Determinación sobre si la capacidad de acogida del medio es apropiada para soportar la actividad proyectada.

  3. Identificación de todas las acciones del proyecto susceptibles de producir un impacto ambiental.

  4. Conocimiento de todos los impactos ambientales producidos así como su magnitud e incidencia.

  5. Identificación de todos los factores del medio receptores de los impactos ambientales identificados.

  6. Explicación de las medidas preventivas, correctivas y compensatorias y valorar su eficacia.

  7. Identificar todos los impactos durante las fases de construcción, explotación.

  8. Determinación del grado de aceptación o repulsa social que plantea el proyecto en el ámbito geográfico de referencia afectado.

 

 

En Avilés a 23 de noviembre de 2015

 

 

 

 

Fdo: Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies