Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos
Dirección General de Recursos Naturales
C/Coronel Aranda nº2
33005 Oviedo
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Primero: Hemos visto en el Bopa del pasado 18 de mayo, el proyecto de Información pública por la que se anuncia segunda licitación para la enajenación de un aprovechamiento maderable en el monte Caldiellos y Ritortor, en el término municipal de Proaza. Expte. AMA-24/2014.
Segundo: La Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos autoriza la celebración de una segunda subasta en el monte Caldiellos y Ritortor, n. º 2050 de Consorcio, en el término municipal de Proaza.
El objeto del aprovechamiento está constituido por 1.239 pies de Pinus radiata, con un volumen estimado de 1.860 m³ con corteza y 177 pies de Castanea sativa, con un volumen aproximado de 63 m³ con corteza
Y por lo expuesto,
SOLICITAMOS que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la solicitud, SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:
-Si los 177 castaños que van a cortar están dentro del pinar, mezclados con los pinos.
-Si tienen algún valor maderable estos castaños para proceder a su tala.
-Si han tenido en cuenta el valor de ese monte para la conservación del oso pardo, con varias oseras dentro del mismo.
-Si han tenido en cuenta que se trata de un monte público, no particular, donde la gestión la realiza directamente la administración del Principado.
-Si hay alguna obligación legal o ecológica de cortar a matarrasa y volver a plantar.
-Si han tenido en cuenta la sustitución de los pinos que van a cortar por los castaños y otras frondosas que van saliendo de manera espontánea, sin coste económico alguno.
-Si han tenido en cuenta que hay otros montes más apropiados para la producción de madera de pino de menor valor ecológico que los ubicados en Banduxo.
Y por lo anteriormente expuesto,
SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.
En Avilés, a 29 de mayo de 2015
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha