Solicitud información tala arboles Pola de Siero (02/11/20)

Ayuntamiento de Siero

Referencia interna M/BG

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Primera.-

Solicitamos el pasado información sobre la tala en el instituto Rio Nora de Pola de Siero de 4 arboles adultos, por exigencia del Ayuntamiento al centro educativo, con un coste de 2.800 para la maltrecha economía del centro educativo.

 

Segunda.-

El Ayuntamiento nos traslada por carta certificada que se archiva el expediente a raíz de nuestro escrito en un escrito firmado por la Concejal de Urbanismo.

 

Pero no nos responde a nada de lo solicitado en nuestro escrito, por lo que reiteramos nos remita las razones por las que el Ayuntamiento insto a una propiedad privada a a talar unos arboles, porque molestaban las vistas a unos vecinos, lo que no de ser sorprendente que el Ayuntamiento fomente la tala de arboles adultos en entornos urbanos, que son un patrimonio público, al ser un centro de titularidad regional.

 

Por todo ello, SOLICITAMOS que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

 Información  en el ejercicio del derecho reconocido en el Convenio de Aarhus de 1998, la Ley 27/2006, de 18 de julio, sobre los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de ambiental, así como de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, junto con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno:

 

-Se nos informe si el Ayuntamiento tiene por practica reclamar mediante informes, la tala de todos los arboles porque molestan a las vistas de los vecinos colindantes.

 

–   Copia de los estudios realizados por el Ayuntamiento por técnico competente que acredite el riesgo que suponían los arboles talados y el resto de los que tiene el centro a su alrededor.

 

-Copia realizada por el Servicio de Disciplina Urbanística y Medio Ambiente, instando a la tala, con la referencia M/B/G y con fecha de salida del 15 de junio.

 

Y, asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

En Avilés a 2 de noviembre del 2020

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies