Solicitud información fuentes de Nava (26/05/20)

Delegación de Gobierno de Asturias

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Primera. –

Nos trasladan que se ha precintado las fuentes de varios manantiales  del concejo de Nava, por parte de la Guardia Civil, según los indicativos presentes en su precinto y que impide el acceso y el uso de la fuente.

Segunda.-

Sería bueno que las administraciones públicas y nuestros gobiernos tuviesen especial cuidado en poner en valor a la Naturaleza y a sus espacios como lugares que contribuyen a ofrecer soluciones, reparación, sanación y alivio, a las personas y a la ciudadanía ante la grave crisis social y sanitaria que padecemos. Es así cómo la comunidad científica está hablando de que el origen del Covid19 está precisamente en la falta de respeto y la grave degradación de los ecosistemas naturales.

 

Tercera.-

Que se sepa, la emergencia sanitaria que vivimos no afecta para nada a las aguas de los manantiales y menos a cualquier espacio de la Naturaleza, siendo el Covid19 un problema exclusivo de la transmisión humana del virus.

 

Por la presente SOLICITUD, sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (Convenio de Aarhus) (DO L 124 de 17.5.2005), SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

-Información sobre los motivos por los que no se permite el acceso a un bien público como es el agua de un manantial.

 

-Información sobre si lo que se ha practicado con esta fuente se ha generalizado con otras fuentes repartidas a lo largo de nuestra Comunidad. O si existe alguna instrucción para limitar o impedir su acceso a las fuentes.

 

Y por lo expuesto, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

En Avilés a 26 de mayo de 2020

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.