Solicitud de retirada de la «prórroga» a 2014 de las batidas de lobo de 2013

 

María Serafina Álvarez Murias

Dirección General de Recursos Naturales 

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos

GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

533202 Nº 20145332020000651

 

 

 

En calidad de vocal de las entidades conservacionistas representadas en el Comité Consultivo del Plan de Gestión del Lobo en Asturias (Resoluciones de 15 de Noviembre de 2003 y de 4 de Febrero de 2004).

 

A través del presente escrito, y en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 27/06, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (que incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE),

 

EXPONE:

 

Que su Dirección General dicta con fecha 14 de enero de 2014 resolución, informada como “prórroga” “adecuada y conveniente” por el Jefe de Servicio el 27 de enero, para ampliar la del 29 de octubre de 2012 por la que se aprobó el programa anual de actuaciones de control del lobo 2012-2013,

 

Que en fecha 22 de octubre de 2013, dicta prórroga de la resolución de 29 de octubre de 2012, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, ante “la conveniencia administrativa de trabajar con años naturales”,

 

Que el texto del plan de gestión del lobo establece la posibilidad de “actuaciones excepcionales fuera de programa motivadas por variaciones importantes en las condiciones de la población y de los daños producidos, que requieran una intervención urgente en razón de su gravedad”. Es decir, cualquier actuación ha de estar motivada,

 

Que la actual resolución dictada el 14 de enero y planteada como “prórroga” se interna en un nuevo año calendario y nuevo ciclo biológico de la especie, y por tanto fuera de “la conveniencia administrativa de trabajar con años naturales”,

 

Que teniendo en cuenta que el plan de gestión no plantea la posibilidad de establecer prórrogas de los programas anuales de control de población,

 

SOLICITA:

 

La retirada inmediata de la resolución dictada el 14 de enero de 2014 y contemplada como “prórroga” de la de 29 de octubre de 2012, al carecer de la motivación que exige el plan de gestión, por no haber informado de la misma al comité consultivo, y por situarse, por tanto, clara y abiertamente al margen del marco legal del plan de gestión del lobo en Asturias.

 

El abajo firmante ANUNCIA que cancelará cualquier participación en las discusiones con la actual Dirección General sobre la gestión de la especie en la región en caso de no retirarse dicha resolución.

 

Vocal de las entidades conservacionistas representadas en el comité consultivo del plan de gestión del lobo en Asturias, a 19 de febrero de 2014