Solicitud de reducción de acotamientos 2016 (03/04/16)

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales         

Dirección General de Montes

C/ Coronel Aranda nº 2

33005       Oviedo

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés código postal 33403 y con el correo electrónico;  correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – 33247891 y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N en calidad de presidente.

 

Ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la aparición en el Bopa de varios levantamientos de acotados mucho antes del tiempo propuesto, SOLICITAMOS la siguiente información ambiental:

 

Primero.- En el Bopa del pasado 30 de marzo se publica la Resolución de 3 de marzo de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se levanta el acotado al pastoreo en el monte “Gua”, del concejo de Mieres. Expte. AI-054/2013, se reduce de los 10 años propuesto a 2 y medio.

 

Segundo.- En el Bopa del pasado 31 de marzo se publica la Resolución de 3 de marzo de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se levanta el acotado al pastoreo en el monte “De Varios, pueblo Ablaña”, del concejo de Mieres. Expte. AI-014/2014., se reduce de los 5 años propuestos a menos de 2 años.

 

Tercero.- El INDUROT de la Universidad de Oviedo actualizó en el pasado mes de octubre del 2015 el mapa de riesgo de erosión de los suelos en Asturias consecuencia de los incendios forestales, y en él se puede observar que más del 80% del territorio asturiano se encuentra en riesgo alto o muy alto de erosión, lo que demuestra la gravedad de la situación.

 

Cuarto.-   De acuerdo con lo estipulado por la Ley de Montes estatal, la función social que desempeñan los montes obliga a las administraciones públicas a velar por su conservación, protección y restauración, siendo el órgano que preside la Consejera de Desarrollo Rural y Recursos Naturales  el competente para fijar las medidas encaminadas a la restauración de la cubierta vegetal afectada por los incendios forestales en los montes asturianos, incluyendo, en todo caso y con carácter imperativo, el acotamiento temporal de aquellos aprovechamientos incompatibles con su regeneración y, en particular, el pastoreo.

Quinto.- En ambos casos como en otros muchos se justifica esta sorprendente reducción  del tiempo de acotamiento  por informes realizados por técnicos que  tras realizarse inspección a la zona se observa que la vegetación recubre más del 90% del terreno acotado y se puede levantar el acotado, lo que resulta sumamente extraño en vista del poco tiempo que ha pasado de acuerdo a la resolución inicial.

Sexto.- Se nos facilite copia de los informes técnicos que acreditan que está recuperado el 90% de la vegetación que recubre la zona con detalle de los funcionarios que participaron en dicho informes y las fechas de las visitas realizadas a la zona.

 

 

 Y por todo lo expuesto,

 

SOLICITO: Que tenga por presentada la presente solicitud de información ambiental y se conteste a la misma en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida en el encabezamiento de este escrito, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

En Avilés a 4 de abril de 2016

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies